Resolución de 6 de julio de 2022, de la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, por la que se aprueba la revisión del Manual de Reformas de Vehículos.
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo · 4 de agosto de 2022
En pocas palabras
Aprueba la séptima revisión del Manual de Reformas de Vehículos, que fija las descripciones, códigos y documentación para tramitar reformas en los vehículos. La nueva versión actualiza los requisitos aplicables e incorpora nuevos códigos de reforma.
Qué cambia
Cambia cómo se tramitan las reformas de vehículos ante la ITV: se aplican nuevos requisitos y códigos desde el 1 de noviembre de 2022. Afecta a quienes modifican vehículos y a los servicios de inspección técnica.
- A quién afecta
- talleres de reformas de vehículos · propietarios que modifican su vehículo · estaciones de ITV · fabricantes y transformadores de vehículos · empresas de homologación
- Cifras
- revisión del manual: séptima
- aplicación obligatoria: 1 de noviembre de 2022
- plazo para recurso de alzada: un mes
- fin del plazo transitorio para anotaciones por diligencia: 1 de noviembre de 2024
- Transporte e infraestructuras
- Economía, empresas y consumo
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
El Real Decreto 866/2010, de 2 de julio, por el que se regula la tramitación de las reformas de vehículos, define el Manual de Reformas de Vehículos como un documento elaborado por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo en colaboración con los órganos competentes en materia de ITV de las comunidades autónomas que establece las descripciones de las reformas tipificadas, su codificación y la documentación precisa para su tramitación.
La constante evolución tecnológica de los vehículos y, por tanto, de los requisitos de homologación aplicables a éstos, así como las necesidades de transformación del parque móvil existente que demanda la sociedad, requiere una revisión constante de lo establecido en el Manual de Reformas de Vehículos.
Esta versión del Manual de Reformas de Vehículos, que constituye la séptima revisión del documento, actualiza los requisitos que deben aplicarse durante el proceso de tramitación de las reformas de vehículos e introduce nuevos códigos de reformas.
Por todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 866/2010, de 2 de julio, esta Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa resuelve:
Primero. Aprobar la revisión séptima del Manual de Reformas de Vehículos.
Mediante esa resolución se aprueba la revisión séptima del Manual de Reformas de Vehículos, que se anexa a esta resolución.
Segundo. Recursos.
Esta resolución no pone fin a la vía administrativa, por lo que, en el plazo de un mes, se podrá interponer recurso de alzada ante el Secretario General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Tercero. Disposiciones transitorias.
Hasta el 1 de noviembre del 2024 o la próxima inspección técnica periódica que le corresponda al vehículo, lo que suceda más tarde, la anotación en la tarjeta ITV de los vehículos que instalan placas solares, toldos, antenas parabólicas o dispositivos para soporte de carga en vehículos no aptos para remolcar, se podrá realizar mediante diligencia administrativa, siempre que el dispositivo objeto de la anotación haya sido instalado con anterioridad al 1 de noviembre de 2022.
Cuarto. Aplicación.
Esta resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
La revisión séptima del Manual de Reformas de Vehículos será aplicable a partir del 1 de noviembre de 2022. Sin embargo, podrá utilizarse de forma voluntaria, a petición del interesado, desde la fecha de su publicación para los códigos de reformas 2.15, 2.16 (Sección I), 8.97 (Sección II), así como en los códigos de reformas 8.52 y 9.1 (Secciones I y II) en lo referente a las señales V‐1 y V‐2.