Orden DEF/750/2022, de 28 de julio, que modifica la Orden DEF/1445/2004, de 16 de mayo, por la que se establece el procedimiento para que los españoles puedan solicitar y realizar el juramento o promesa ante la Bandera de España.
Ministerio de Defensa · 4 de agosto de 2022
En pocas palabras
Modifica la norma que regula cómo los españoles pueden solicitar y hacer el juramento o promesa ante la Bandera de España. Suprime una línea del apartado segundo y la letra i) del párrafo 5 del apartado séptimo de esa norma.
Qué cambia
Cambia el procedimiento para solicitar y realizar el juramento o promesa ante la Bandera: se eliminan dos apartados de la norma anterior. Afecta a los ciudadanos españoles que quieran hacer ese trámite.
- A quién afecta
- ciudadanos españoles que solicitan el juramento o promesa ante la Bandera
- Defensa
- Administración pública e instituciones
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
La presente orden ministerial tiene por objeto único actualizar el régimen previsto en la Orden DEF/1445/2004, de 16 de mayo, por la que se establece el procedimiento para que los españoles puedan solicitar y realizar el juramento o promesa ante la Bandera de España.
Esta orden ministerial ha sido sometida al trámite de audiencia e información pública previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.
En su virtud, y de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 3 de la disposición final décima de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, dispongo:
Artículo único. Modificación de la Orden DEF/1445/2004, de 16 de mayo, por la que se establece el procedimiento para que los españoles puedan solicitar y realizar el juramento o promesa ante la Bandera de España.
La Orden DEF/1445/2004, de 16 de mayo, por la que se establece el procedimiento para que los españoles puedan solicitar y realizar el juramento o promesa ante la Bandera de España, queda modificada como sigue:
Uno. Se suprime la última línea del apartado segundo.
Dos. Se suprime la letra i), del párrafo 5, del apartado séptimo.
Disposición final única. Entrada en vigor.
Esta orden ministerial entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 28 de julio de 2022.–La Ministra de Defensa, Margarita Robles Fernández.