Orden AUC/34/2022, de 20 de enero, por la que se crea la Oficina Consular Honoraria, con categoría de Consulado Honorario de España en Lille, en la República Francesa.
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación · 27 de enero de 2022
En pocas palabras
Crea un Consulado Honorario de España en Lille (Francia), que dependerá del Consulado General en París y atenderá los departamentos de Norte y Paso de Calais. Su titular tendrá categoría de Cónsul Honorario.
Qué cambia
Los españoles residentes en esos departamentos podrán hacer ciertas gestiones consulares en Lille en lugar de desplazarse a París, como el Registro de Matrícula Consular o la entrega de documentación. No supone aumento de gasto de personal.
- A quién afecta
- españoles residentes en los departamentos de Norte y Paso de Calais · estudiantes universitarios españoles en Lille · ciudadanos franceses que tramitan el Número de Identidad de Extranjero · Consulado General de España en París
- Política exterior y Unión Europea
- Administración pública e instituciones
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Texto
La creación de una Oficina Consular honoraria en Lille persigue el objetivo de adecuar la red consular honoraria dependiente del Consulado General de España en París a la actual distribución de la colonia española en su demarcación, logrando, de este modo, un reparto más equilibrado de la presencia consular española en la República Francesa. La cifra de españoles residentes en la circunscripción de la futura Oficina Consular honoraria en Lille será superior a la de los residentes en las circunscripciones de los Consulados Honorarios de España en Rennes y Le Havre, solo superada, en la demarcación del Consulado General de España en París, del que depende, por los residentes en la región de Isla de Francia, que incluye la ciudad de París y su área metropolitana. A dicho número de residentes, que representa la segunda colonia extranjera más importante de los departamentos Norte y Paso de Calais, hay que añadir la población transeúnte, formada, principalmente, por estudiantes universitarios que cursan estudios en la Universidad de Lille.
La apertura de esta Oficina Consular honoraria permitirá a un gran número de ciudadanos españoles evitar desplazamientos a París para llevar a cabo ciertas gestiones consulares, y, particularmente, para los trámites relativos a la entrega y envío de documentación de españoles, para la presentación o remisión de la solicitud de inscripción o de baja en el Registro de Matrícula Consular, así como informar de la veracidad de los datos contenidos en dicha solicitud, y para la comparecencia de ciudadanos franceses para la gestión de Número de Identidad de Extranjero, cada vez más frecuentes. Asimismo, se facilitarían las tareas de protección y asistencia consular.
Por ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.1 de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado, en relación con el Reglamento de los Agentes Consulares Honorarios de España en el extranjero, aprobado por Real Decreto 1390/2007, de 29 de octubre, a iniciativa de la Dirección General del Servicio Exterior, de conformidad con la propuesta formulada por la Embajada de España en París, con el informe favorable de la Dirección General de Españoles en el Exterior y Asuntos Consulares y de la Dirección General de Europa Occidental, Central y Sudeste de Europa, dispongo:
Artículo 1. Creación de la Oficina Consular Honoraria de España en Lille y su circunscripción.
Se crea la Oficina Consular honoraria, con categoría de Consulado Honorario de España, en Lille, en la República Francesa, con circunscripción en los Departamentos Norte y Paso de Calais.
Artículo 2. Dependencia.
La Oficina Consular honoraria, con categoría de Consulado Honorario de España, en Lille dependerá del Consulado General de España en París.