Resolución de 14 de julio de 2022, de la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, por la que se actualiza el listado de normas del Anexo V del Reglamento de equipos a presión, aprobado por el Real Decreto 809/2021, de 21 de septiembre.
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo · 25 de julio de 2022
En pocas palabras
Actualiza el listado de normas UNE del Anexo V del Reglamento de equipos a presión. Sustituye la norma sobre terminales de gas natural licuado (GNL) por la UNE 192011-7:2022, que fija el procedimiento de inspección reglamentaria de estos equipos.
Qué cambia
Las inspecciones periódicas de terminales de GNL pasan a hacerse conforme a la nueva norma UNE 192011-7:2022 desde el día siguiente a la publicación. Afecta a quienes inspeccionan y explotan estas instalaciones.
- A quién afecta
- terminales de gas natural licuado (GNL) · empresas que explotan equipos a presión · entidades que realizan inspecciones reglamentarias de equipos a presión · fabricantes y mantenedores de equipos a presión
- Cifras
- entrada en vigor: el día siguiente al de su publicación en el BOE
- plazo para recurso de alzada: un mes
- norma aprobada por UNE: 11 de mayo de 2022
- Energía
- Economía, empresas y consumo
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
Considerando que el apartado 2 de la disposición final sexta, sobre medidas de aplicación, del Real Decreto 809/2021, de 21 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de equipos a presión y sus instrucciones técnicas complementarias, faculta a esta Dirección General a modificar, mediante resolución, la referencia a normas que se contienen en el Reglamento de equipos a presión, cuando varíe el año de edición de alguna de las normas, o se editen modificaciones posteriores a las mismas.
Considerando que el apartado 11 del artículo 6 de dicho reglamento establece que en el anexo V del Reglamento de equipos a presión se recoge el listado de las normas UNE, identificadas por su título, numeración y año de edición, que establecen los procedimientos para realizar las inspecciones periódicas de los equipos a presión incluidos en el reglamento y sus instrucciones técnicas complementarias, que las ediciones concretas de las normas UNE que figuran en el anexo seguirán siendo válidas para la correcta aplicación de este reglamento y sus instrucciones técnicas complementarias, incluso aunque hayan sido aprobadas y publicadas ediciones posteriores de las normas, en tanto no se publique en el «Boletín Oficial del Estado», por esta Dirección General, la resolución que actualice estas normas, y que dicha resolución indicará las nuevas referencias y la fecha a partir de la cual serán de aplicación las nuevas ediciones, así como la fecha en que las antiguas ediciones dejarán de serlo.
Considerando que el 11 de mayo de 2022 la Asociación Española de Normalización (UNE) aprobó la norma UNE 192011-7:2022, «Procedimiento para la inspección reglamentaria. Equipos a presión. Parte 7: Requisitos específicos para terminales de gas natural licuado (GNL)», que sustituye al PNE 192011-7, «Procedimiento para la inspección reglamentaria. equipos a presión. Equipos a presión. Parte 7: Terminales de GNL», referenciado en el Anexo V del Reglamento de equipos a presión.
Esta Dirección General ha resuelto:
Primero. Actualización.
Actualizar el listado de normas en el Anexo V del Reglamento de equipos a presión, aprobado por el Real Decreto 809/2021, de 21 de septiembre, cuyo texto se incluye a continuación:
«ANEXO V
Normas UNE
UNE 192011-0:2018, Procedimiento para la inspección reglamentaria. Equipos a presión. Parte 0: Requisitos generales.
PNE 192011-1, Procedimiento para la inspección reglamentaria. Equipos a presión. Parte 1: Requisitos específicos para calderas.
UNE 192011-3:2019, Procedimiento para la inspección reglamentaria. Equipos a presión. Parte 3: Requisitos específicos para refinerías y plantas petroquímicas.