Cuestión de inconstitucionalidad n.º 1096-2022, en relación con la disposición transitoria 11 de la Ley 5/2014, de 25 de junio, de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje de la Comunitat Valenciana, en sus redacciones dadas por la Ley 13/2016, Ley 27/2018, Ley 9/2019 y Ley 3/2020, así como la disposición transitoria 20.ª del Decreto Legislativo 1/2021.
Tribunal Constitucional · 8 de julio de 2022
En pocas palabras
El Tribunal Constitucional admite a trámite una cuestión de inconstitucionalidad planteada por el TSJ de la Comunidad Valenciana sobre dos disposiciones transitorias de la normativa valenciana de ordenación del territorio y urbanismo. El Pleno se reserva el conocimiento del asunto.
Qué cambia
Las partes del procedimiento judicial 73-2019 pueden personarse ante el Tribunal Constitucional en los quince días siguientes a la publicación del edicto. La norma cuestionada sigue aplicándose mientras el tribunal no resuelva.
- A quién afecta
- partes del procedimiento judicial 73-2019 · personas afectadas por la normativa urbanística valenciana
- Cifras
- plazo para personarse: 15 días desde la publicación en el BOE
- Vivienda y urbanismo
- Justicia
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 30 de junio de 2022, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 1096-2022 planteada por la Sección 1.ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ de la Comunidad Valenciana, en el procedimiento 73-2019, en relación con la disposición transitoria 11 de la Ley 5/2014, de 25 de junio, de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje de la Comunitat Valenciana, en sus redacciones dadas por la Ley 13/2016, Ley 27/2018, Ley 9/2019 y Ley 3/2020, así como la disposición transitoria 20.ª del Decreto Legislativo 1/2021, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 c) LOTC, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.
De conformidad con lo establecido en el artículo 37.2 LOTC, quienes sean parte en el procedimiento 73-2019, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 30 de junio de 2022.–El Secretario de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Alfonso Pérez Camino.