Sentencia de 9 de junio de 2022, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que declara estimar parcialmente el recurso contencioso-administrativo número 397/2021 contra el Real Decreto 689/2021, de 3 de agosto, por el que se establece el título de médica/o especialista en Psiquiatría Infantil y de la Adolescencia y se actualizan diversos aspectos del título de médica/o especialista en Psiquiatría.
Tribunal Supremo · 6 de julio de 2022
En pocas palabras
El Tribunal Supremo estima en parte el recurso contra el Real Decreto 689/2021, que crea el título de especialista en Psiquiatría Infantil y de la Adolescencia y actualiza el de Psiquiatría. Anula dos incisos de la disposición transitoria primera, letra b), sobre la acreditación del trayecto formativo y el trayecto A. Desestima el resto del recurso y no impone costas.
Qué cambia
Cambian los requisitos de acceso al nuevo título para quienes se formaron con el programa anterior de Psiquiatría: se anulan las exigencias de acreditar el trayecto formativo y de haber realizado el trayecto A en Psiquiatría Infantil y de la Adolescencia.
- A quién afecta
- médicos especialistas en Psiquiatría · médicos en formación en Psiquiatría · aspirantes al título de Psiquiatría Infantil y de la Adolescencia
- Cifras
- recurso contencioso-administrativo número 397/2021
- sentencia de 9 de junio de 2022
- Real Decreto 689/2021, de 3 de agosto
- publicación en el BOE el 4 de agosto de 2021
- Sanidad y salud pública
- Justicia
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
En el recurso contencioso-administrativo número 397/2021, interpuesto por doña María Pilar Calvo Rivera y doña Luciana Sánchez Flores contra el Real Decreto 689/2021, de 3 de agosto, por el que se establece el título de médica/o especialista en Psiquiatría Infantil y de la Adolescencia y se actualizan diversos aspectos del título de médica/o especialista en Psiquiatría, publicado en el «Boletín Oficial del Estado», el 4 de agosto de 2021, la Sala Tercera (Sección Cuarta) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia con fecha 9 de junio de 2022 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
FALLO
Por todo lo expuesto, en nombre del Rey y por la autoridad que le confiere la Constitución, esta Sala ha decidido:
Primero.
Estimar parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de doña María Pilar Calvo Rivera y doña Luciana Sánchez Flores contra el Real Decreto 689/2021, de 3 de agosto, por el que se establece el título de médica/o especialista en Psiquiatría Infantil y de la Adolescencia y se actualizan diversos aspectos del título de médica/o especialista en Psiquiatría (BOE de 4 de agosto de 2021), declaramos la nulidad de los siguientes incisos de la letra b) del apartado primero de la disposición transitoria 1.ª: «[…] la acreditación de trayecto formativo […]», «[…] y hayan realizado durante su programa formativo el trayecto A en Psiquiatría Infantil y de la Adolescencia, al amparo del programa de la especialidad aprobado por Orden SCO/2616/2008, de 1 de septiembre […]».
Segundo.
Desestimar el recurso contencioso-administrativo en todo lo demás.
Tercero.
No hacer imposición de costas.
Cuarto.
Ordenar la publicación del fallo de esta sentencia en el «Boletín Oficial del Estado».
Notifíquese esta resolución a las partes e insértese en la colección legislativa.
Así se acuerda y firma.−Pablo Lucas Murillo de la Cueva.−Celsa Pico Lorenzo.−Luis María Díez-Picazo Giménez.−María del Pilar Teso Gamella.−Antonio Jesús Fonseca-Herrero Raimundo. Firmado.