Resolución de 14 de junio de 2022, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se concede el título de Fiesta de Interés Turístico Nacional a la fiesta "Semana Santa de Cádiz".
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo · 27 de junio de 2022
En pocas palabras
Concede el título de Fiesta de Interés Turístico Nacional a la Semana Santa de Cádiz, de acuerdo con la normativa que regula estas declaraciones.
Qué cambia
La Semana Santa de Cádiz pasa a tener el reconocimiento oficial de Fiesta de Interés Turístico Nacional, lo que la distingue dentro de las fiestas de España con esta calificación.
- A quién afecta
- Cofradías y hermandades de la Semana Santa de Cádiz · Ayuntamiento de Cádiz · Vecinos y visitantes de Cádiz durante la Semana Santa · Empresas turísticas de Cádiz
- Cifras
- plazo para recurso de reposición: un mes desde el día siguiente a la notificación
- plazo para recurso contencioso-administrativo: dos meses desde el día siguiente a la notificación
- Cultura y deporte
- Economía, empresas y consumo
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la Orden ICT/851/2019, de 25 de julio, por la que se regula la declaración de fiestas de interés turístico nacional e internacional, que se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» número 188, de 7 de agosto de 2019, esta Secretaría de Estado de Turismo, ha tenido a bien conceder el título de «Fiesta de Interés Turístico Nacional» a la siguiente fiesta:
«Semana Santa de Cádiz»
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación, ante el órgano competente del orden jurisdiccional contencioso-administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, 14 de junio de 2022.–El Secretario de Estado de Turismo, Fernando Valdés Verelst.