Resolución de 20 de junio de 2022, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se modifica la de 14 de junio de 2022, sobre organización, funciones y atribución de competencias en el área de recaudación.
Ministerio de Hacienda y Función Pública · 21 de junio de 2022
En pocas palabras
Retrasa un año la entrada en vigor de la Resolución de 14 de junio de 2022 sobre organización y competencias en el área de recaudación de la Agencia Tributaria. Fija esa entrada en vigor para el 17 de junio de 2023 y mantiene mientras tanto la Resolución de 22 de enero de 2013.
Qué cambia
Hasta el 17 de junio de 2023 sigue aplicándose la norma anterior de 2013 sobre organización y competencias en recaudación. Afecta al funcionamiento interno de la Agencia Tributaria y a los trámites de recaudación.
- A quién afecta
- Agencia Estatal de Administración Tributaria · Personal de la Agencia Tributaria en el área de recaudación · Contribuyentes con procedimientos de recaudación
- Cifras
- entrada en vigor de la Resolución de 14 de junio de 2022: 17 de junio de 2023
- periodo de espera (vacatio legis): un año
- norma aplicable durante la espera: Resolución de 22 de enero de 2013, en su redacción vigente a 16 de junio de 2022
- Impuestos y cuentas públicas
- Administración pública e instituciones
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
Advertido error en el texto de la Resolución de 14 de junio de 2022, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre organización, funciones y atribución de competencias en el área de recaudación, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 143, de 16 de junio de 2022, por la presente resolución se establece una vacatio legis de un año para la entrada en vigor de aquella. Durante este periodo de tiempo, estará vigente la Resolución de 22 de enero de 2013, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre organización y atribución de competencias en el área de recaudación.
Primero. Modificación de la Resolución de 14 de junio de 2022, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre organización, funciones y atribución de competencias en el área de recaudación.
La Resolución de 14 de junio de 2022, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre organización, funciones y atribución de competencias en el área de recaudación queda modificada como se dice a continuación:
La disposición final quedará redactada como sigue:
«Disposición final. Entrada en vigor. La presente resolución entrará en vigor el día 17 de junio de 2023. Entre tanto, se aplicará la Resolución de 22 de enero de 2013, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre organización y atribución de competencias en el área de recaudación, en su redacción vigente a 16 de junio de 2022.»
Segundo. Entrada en vigor.
La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 20 de junio de 2022.–El Presidente de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, Jesús Gascón Catalán.