Real Decreto 26/2021, de 19 de enero, de ampliación de los medios patrimoniales adscritos a los servicios traspasados a la Comunitat Valenciana por el Real Decreto 1720/1984, de 18 de julio, en materia de patrimonio arquitectónico, control de la calidad de edificación y vivienda.
Ministerio de Política Territorial y Función Pública · 22 de enero de 2021
En pocas palabras
Aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias que amplía los medios patrimoniales (bienes y recursos) adscritos a los servicios que el Estado traspasó a la Comunitat Valenciana en materia de patrimonio arquitectónico, control de la calidad de edificación y vivienda.
Qué cambia
La Comunitat Valenciana recibe medios patrimoniales adicionales para gestionar las competencias de patrimonio arquitectónico, control de la calidad de edificación y vivienda que ya tenía traspasadas.
- A quién afecta
- Comunitat Valenciana · Generalitat Valenciana · Administración General del Estado
- Vivienda y urbanismo
- Administración pública e instituciones
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
La Constitución establece, en su artículo 148.1.3.ª, que las comunidades autónomas podrán asumir competencias en materia de vivienda.
Por su parte el Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana, aprobado por la Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio, y reformado por la Ley Orgánica 1/2006, de 10 de abril, en su artículo 49.3.12.ª dispone que la Generalitat tiene competencia exclusiva en materia de patrimonio arquitectónico, control de la calidad en la edificación y vivienda.
Por los Reales Decretos 1720/1984, de 18 de julio; 1456/1987, de 16 de octubre; 476/1989, de 5 de mayo, y 280/2000, de 25 de febrero, se aprobó el traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Valenciana en materia de patrimonio arquitectónico, control de la calidad de edificación y vivienda, así como diversas ampliaciones de medios adscritos a los servicios traspasados.
Finalmente la disposición transitoria primera del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana y el Real Decreto 4015/1982, de 29 de diciembre, regulan el funcionamiento de la Comisión Mixta de Transferencias, así como la forma y condiciones a que han de ajustarse los traspasos de funciones y servicios del Estado a la Generalitat.
La Comisión Mixta prevista en la disposición transitoria primera del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana adoptó, en su reunión del día 21 de diciembre de 2020, el Acuerdo de ampliación de los medios patrimoniales adscritos a los servicios traspasados a la Comunitat Valenciana por el Real Decreto 1720/1984, de 18 de julio, en materia de patrimonio arquitectónico, control de la calidad de edificación y vivienda, que se eleva al Gobierno para su aprobación mediante real decreto.
En su virtud, en cumplimiento de lo dispuesto en la disposición transitoria primera del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana, a propuesta de la Ministra de Política Territorial y Función Pública, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 19 de enero de 2021,
DISPONGO
Artículo 1. Aprobación del Acuerdo de ampliación de los medios patrimoniales adscritos.
Se aprueba el Acuerdo de la Comisión Mixta prevista en la disposición transitoria primera del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana, de ampliación de los medios patrimoniales adscritos a los servicios traspasados a la Comunitat Valenciana por el Real Decreto 1720/1984, de 18 de julio, en materia de patrimonio arquitectónico, control de la calidad de edificación y vivienda, adoptado por el Pleno de dicha Comisión en su reunión del día 21 de diciembre de 2020, y que se transcribe como anexo de este real decreto.