Real Decreto 299/2021, de 27 de abril, por el que se aprueba la segregación de la delegación catalana del Ilustre Colegio Oficial de Geólogos.
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico · 14 de mayo de 2021
En pocas palabras
Aprueba la separación de la delegación catalana del Ilustre Colegio Oficial de Geólogos para que pueda constituirse como colegio propio en Cataluña. La separación será efectiva cuando entre en vigor la norma autonómica que cree el nuevo colegio.
Qué cambia
Los geólogos colegiados en Cataluña pasarán a depender de un colegio propio cuando la Generalitat cree ese colegio mediante norma autonómica. Hasta entonces, siguen en el colegio estatal.
- A quién afecta
- geólogos colegiados en Cataluña · Ilustre Colegio Oficial de Geólogos · delegación catalana del Colegio Oficial de Geólogos
- Cifras
- más del 75 % de los colegiados de la delegación catalana apoyaron la segregación
- censo mínimo exigido para el nuevo colegio: más de 225 colegiados
- Administración pública e instituciones
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
La Asamblea General Ordinaria del Ilustre Colegio Oficial de Geólogos (ICOG) celebrada el 13 de abril de 2013 se pronunció favorablemente a la propuesta de segregación de la delegación catalana y acordó que la Junta de Gobierno del ICOG promoviera la citada segregación ante las autoridades competentes. Dicho Acuerdo se fundamenta en que la delegación catalana había propuesto dicha segregación por un número superior al 75 % de sus colegiados.
De conformidad con el artículo 4.2 de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales, la segregación de los Colegios Profesionales será promovida por los propios Colegios, de acuerdo con lo dispuesto en los respectivos Estatutos, y requerirá la aprobación por Real Decreto.
El Ilustre Colegio Oficial de Geólogos tiene ámbito nacional, por lo que la competencia para aprobar la segregación corresponde al Estado, en tanto que la creación del nuevo colegio es competencia de la Comunidad Autónoma de Cataluña, de acuerdo con el artículo 125 de su Estatuto de Autonomía, aprobado por Ley Orgánica 6/2006, de 19 de julio, de reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña.
El artículo 92 de los Estatutos del Colegio Oficial de Geólogos, aprobados por Real Decreto 1378/2001, de 7 de diciembre, dispone que la segregación habrá de ser propuesta, como mínimo, por el 75 por 100 de los colegiados que ejerzan la profesión en el ámbito territorial del nuevo colegio. El censo colegial del territorio del nuevo Colegio deberá ser superior a 225 colegiados.
Documentada la segregación con las oportunas certificaciones, procede aprobar la segregación propuesta.
Según la disposición final primera del citado Real Decreto 1378/2001, de 7 de diciembre, el Colegio Oficial de Geólogos se relacionará con la Administración General del Estado a través del Ministerio de Medio Ambiente, entendiéndose en la actualidad el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
El presente real decreto se aprueba de acuerdo con los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia recogidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En este sentido, esta norma es necesaria y eficaz para poder cumplir y desarrollar las disposiciones contenidas en la normativa vigente, así tanto en la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales en su artículo 4.2, como en el Real Decreto 1378/2001, de 7 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Geólogos en las disposiciones de su título IX: De la segregación de Colegios.
Mediante el cumplimiento de la normativa vigente, se garantiza el principio de seguridad jurídica puesto que es coherente con lo dispuesto en nuestro ordenamiento Jurídico. Cumple con el principio de proporcionalidad, ya que la norma contiene la regulación imprescindible para atender la petición de segregación de la delegación catalana.