Resolución de 10 de mayo de 2021, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Administración de Justicia, por el que se formalizan los criterios de distribución, así como el reparto resultante para las Comunidades Autónomas, del crédito asignado en el año 2021 por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en el Ministerio de Justicia, y se formalizan los compromisos financieros resultantes.
Ministerio de Justicia · 12 de mayo de 2021
En pocas palabras
Publica el acuerdo de la Conferencia Sectorial de Justicia que fija los criterios y el reparto entre las Comunidades Autónomas del crédito de 2021 del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia para el Proyecto 0 Justicia 2030. También formaliza los compromisos financieros derivados de ese reparto.
Qué cambia
Las Comunidades Autónomas con competencias en Justicia reciben fondos europeos para digitalización, puestos de trabajo deslocalizados, atención ciudadana y ciberseguridad. El reparto depende del número de expedientes judiciales, la pendencia, los partidos judiciales y la densidad de población.
- A quién afecta
- Comunidades Autónomas con competencias en Justicia · Órganos judiciales · Ciudadanía usuaria de la Administración de Justicia · Personal de la Administración de Justicia
- Cifras
- criterio de expedientes judiciales de entrada: 70 % del total de la puntuación del reparto
- criterio de pendencia, partidos judiciales y densidad de población: 20 % del total de la puntuación del reparto
- reparto a partes iguales entre Comunidades Autónomas: 10 % de los fondos
- umbral para exigir autorización previa del Consejo de Ministros: más de 12 millones de euros
- Justicia
- Administración pública e instituciones
- Digitalización y telecomunicaciones
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
La Conferencia Sectorial de Justicia, en su reunión el día 30 de abril de 2021, ha aprobado el acuerdo por el que se distribuye el crédito destinado a las Comunidades Autónomas, para la financiación del Proyecto 0 Justicia 2030, dentro de las inversiones del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
Para general conocimiento, esta Secretaría de Estado de Justicia dispone recoger en una única resolución de manera conjunta:
Primero.
La publicación del citado acuerdo como anexo a la presente Resolución.
Segundo.
Acordar la efectiva distribución de los créditos a las respectivas Comunidades Autónomas conforme al apartado primero y formalizar en la presente Resolución los compromisos financieros contenidos entre los apartados segundo y octavo, ambos incluidos, del citado acuerdo de la Conferencia Sectorial, todo ello, una vez cumplidos los trámites preceptivos previos y de acuerdo con la regla cuarta del artículo 86.2 de la citada Ley 47/2003, General Presupuestaria, los artículos 62 y 151 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y la Orden JUS/1037/2020, de 4 de noviembre, sobre fijación de límites para administrar los créditos para gasto.
Madrid, 10 de mayo de 2021.–El Secretario de Estado de Justicia, Pablo Zapatero Miguel.
ANEXO
Acuerdo de la Conferencia Sectorial por el que se formalizan los criterios de distribución a las Comunidades Autónomas, así como la distribución resultante del crédito destinado en el año 2021 del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia del Ministerio de Justicia
El instrumento financiero Next Generation EU, aprobado por el Consejo Europeo el pasado 21 de julio de 2020, incluye, como elemento central, un Mecanismo para la Recuperación y la Resiliencia (MRR) cuya finalidad es apoyar la inversión y las reformas en los Estados Miembros para lograr una recuperación sostenible y resiliente, al tiempo permitirá una serie de reformas de Justicia tanto a nivel Nacional como en cogobernanza con las CC. AA. con competencias transferidas. Dentro de las reformas se sitúa el «Proyecto 0» Justicia 2030, en el que, entre otras, se van a llevar a cabo inversiones para las siguientes medidas:
(1) Inmediación digital,
(2) Puesto de trabajo deslocalizado,
(3) Atención ciudadana / cita previa
(4) Ciberseguridad.
De conformidad con el párrafo primero del apartado 2.a) del artículo 86 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, en ejecución de los créditos que hayan de distribuirse territorialmente a favor de las Comunidades Autónomas, para su gestión y administración, se tendrán en cuenta, entre otras reglas, los criterios objetivos que sirven de base para la distribución territorial de los créditos presupuestarios y su distribución que se fijarán por la Conferencia Sectorial correspondiente al comienzo del ejercicio económico.