Orden DEF/427/2021, de 27 de abril, por la que se aprueba el Plan de Prevención y Recuperación de Suelos Contaminados en Instalaciones Militares.
Ministerio de Defensa · 4 de mayo de 2021
En pocas palabras
Aprueba el Plan de Prevención y Recuperación de Suelos Contaminados en Instalaciones Militares. El plan se aplica a suelos de titularidad pública con instalaciones o actividades militares, que quedan fuera del Real Decreto 9/2005. El Ministro de Defensa lo aprueba con la conformidad previa del Ministerio de Medio Ambiente.
Qué cambia
Los suelos públicos con instalaciones o actividades militares pasan a regirse por este plan específico en lugar del régimen general de suelos contaminados. Afecta a la gestión ambiental de las instalaciones militares y a las tareas de prevención y recuperación de esos suelos.
- A quién afecta
- Ministerio de Defensa · instalaciones militares en suelos de titularidad pública · Dirección General de Infraestructura · Ministerio de Medio Ambiente
- Medio ambiente y clima
- Defensa
- Administración pública e instituciones
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
La Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados define el régimen jurídico de los suelos contaminados en España y, en su título V, sobre los suelos contaminados, establece que el Gobierno aprobará y publicará una lista de actividades potencialmente contaminantes de suelos.
El Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, por el que se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados, establece, en su anexo I, una relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo. Estas, a su vez, fueron modificadas por la Orden PRA/1080/2017, de 2 de noviembre, por la que se modifica el anexo I del Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, para, por un lado, ajustar el listado de actividades potencialmente contaminantes del suelo a la nueva clasificación que establece el Real Decreto 475/2007, de 13 de abril, por el que se aprueba la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009 (CNAE-2009) y, por otro lado, actualizar las actividades consideradas como potencialmente contaminantes del suelo.
La disposición adicional única del Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, excluye del ámbito de aplicación del real decreto los suelos de titularidad pública en los que se ubiquen instalaciones militares o en los que se desarrollen actividades militares, y establece que el Ministro de Defensa aprobará, previa conformidad del Ministerio de Medio Ambiente, un plan de descontaminación de dichos suelos, que se ajustará a los requisitos técnicos contenidos en el citado real decreto.
La Directiva 107/97, de 2 de junio, del Ministro de Defensa, sobre protección del Medio Ambiente en el ámbito del Departamento, y la Instrucción 56/2011, de 3 de febrero, del Secretario de Estado de Defensa, sobre sostenibilidad ambiental y eficiencia energética en el ámbito del Ministerio de Defensa, definen la política medioambiental del Departamento. Ambas normas ponen de manifiesto, de forma clara e inequívoca, el compromiso del Ministerio de Defensa con la protección, conservación y mejora del medio ambiente, basado en el concepto de desarrollo sostenible y compatible con la misión de las Fuerzas Armadas.
En este marco, el Ministerio de Defensa está firmemente comprometido a desarrollar sus actividades y operaciones militares de manera respetuosa con la conservación del medio ambiente, desde el enfoque de que el cuidado del entorno natural y el desarrollo sostenible proporcionan un valor añadido a la Política de Defensa.
El artículo 4 del Real Decreto 372/2020, de 18 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa, atribuye a la Secretaría de Estado de Defensa la dirección de la política de infraestructura, la cual, se ejecuta a través de la Dirección General de Infraestructura que, conforme a lo dispuesto en el artículo 7.1 de dicha norma, tiene atribuida la preparación, planeamiento y desarrollo de la política ambiental.