Orden ISM/18/2021, de 14 de enero, por la que se crean las Cajas Pagadoras del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones · 16 de enero de 2021
En pocas palabras
Crea dos cajas pagadoras en el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones: una General y otra del Centro de Publicaciones. También integra en esta estructura las cajas que ya funcionaban en la Secretaría de Estado de Migraciones y en los centros de migraciones.
Qué cambia
El ministerio pasa a tener una estructura propia de cajas pagadoras para gestionar sus fondos. Afecta a la Subsecretaría y a las unidades que realizan pagos dentro del departamento.
- A quién afecta
- Subsecretaría del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones · Centro de Publicaciones del ministerio · Secretaría de Estado de Migraciones · centros de migraciones · cajeros-pagadores del ministerio
- Administración pública e instituciones
- Inmigración y asilo
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
El Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los Departamentos ministeriales, suprime el anterior Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social y reparte sus competencias entre dos Departamentos de nueva creación, el Ministerio de Trabajo y Economía Social y el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, regulación que se completa por el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los Departamentos ministeriales, y el Real Decreto 497/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
Teniendo presente lo establecido en el artículo 9.3.b) del citado Real Decreto 497/2020, de 28 de abril, a cuyo tenor, la gestión económica y financiera y la tesorería del Departamento corresponde a la Subsecretaría, para el funcionamiento efectivo del Ministerio, se hace preciso crear en su ámbito organizativo una estructura de cajas pagadoras que facilite la gestión de los fondos necesarios para el adecuado desarrollo de sus actividades.
En dicha estructura de cajas pagadoras se incluirán tanto la Caja pagadora General y la Caja pagadora del Centro de Publicaciones, que se crean mediante esta orden, como aquellas que hasta ahora venían funcionando en la Subdirección General de Planificación y Gestión Económica dependiente de la Secretaría de Estado de Migraciones y en cada uno de los centros de migraciones, que continuarán rigiéndose por sus respectivas normas de regulación.
Esta norma se ajusta a los principios de buena regulación establecidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y, en concreto, a los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, ya que atiende y persigue un interés general, creando órganos adaptados a los cambios organizativos mencionados para el ejercicio de determinadas competencias en materia de gestión económica y financiera y funciones de tesorería. Además, contiene la regulación imprescindible para su consecución, es coherente con el resto del ordenamiento jurídico y evita cargas administrativas innecesarias y accesorias.
El Real Decreto 640/1987, de 8 de mayo, sobre pagos librados «a justificar», regula en su artículo 4 las Cajas pagadoras, asimismo, el Real Decreto 725/1989, de 16 de junio, sobre anticipos de caja fija, establece en su artículo 3, la concesión de los anticipos de Caja fija.
En aplicación de lo señalado en el citado artículo 4 del Real Decreto 640/1987, de 8 de mayo, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 59.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, corresponde al Ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, previa autorización de la Ministra de Política Territorial y Función Pública, la creación de las Cajas pagadoras en el ámbito del Departamento.