Orden CUD/364/2021, de 15 de abril, por la que se adecúa la fracción de costes indirectos asociados a la actividad subvencionada en las convocatorias de subvenciones a otorgar en régimen de concurrencia competitiva por el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música O.A., para hacer frente al impacto de la COVID-19.
Ministerio de Cultura y Deporte · 17 de abril de 2021
En pocas palabras
Fija la parte de los costes indirectos que se puede cubrir con las subvenciones del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (INAEM) en convocatorias de concurrencia competitiva, para hacer frente al impacto de la COVID-19. Entra en vigor el día siguiente al de su publicación.
Qué cambia
Cambia el porcentaje de gastos indirectos que los solicitantes pueden incluir en sus solicitudes de subvención al INAEM. Afecta a las entidades y personas que piden estas ayudas para artes escénicas y música.
- A quién afecta
- solicitantes de subvenciones del INAEM · compañías y empresas de artes escénicas · grupos y entidades de música · agentes culturales del sector escénico y musical
- Cultura y deporte
- Administración pública e instituciones
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
La Constitución Española sitúa la cultura en su Título I, que regula los derechos y deberes de todos los españoles y, en su artículo 44.1, establece la obligación de los poderes públicos de promover y tutelar el acceso a la cultura, a la que todos tienen derecho.
El Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, O.A. (en adelante, INAEM) es un organismo autónomo adscrito al Ministerio de Cultura y Deporte al que se le atribuye, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 2 del Real Decreto 2491/1996, de 5 de diciembre, de estructura orgánica y funciones del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, la consecución de los siguientes fines: la promoción, protección y difusión de las artes escénicas y de la música en cualquiera de sus manifestaciones, la proyección exterior de estas actividades y la comunicación cultural entre las Comunidades Autónomas en las materias propias del Organismo, de acuerdo con ellas. Para su cumplimiento, el INAEM está facultado para realizar acciones de fomento y difusión, en particular mediante premios, ayudas y subvenciones.
La promoción de la cultura y el acceso de los ciudadanos a la misma conllevan el compromiso ineludible de los poderes públicos de establecer los instrumentos para que ello sea posible, lo cual debe materializarse, entre otros mecanismos, mediante medidas de fomento en las que los agentes culturales sean los protagonistas.
La cultura es, en esencia, libertad creativa, y por tanto, no son los poderes públicos los actores directos de la acción cultural, sino que su función es la de favorecer que los verdaderos protagonistas del hecho cultural, los artistas, cuenten con los medios necesarios para garantizar el derecho contenido en nuestra Carta Magna. Nuestra Constitución entiende la cultura no como un lujo dirigido a las élites, sino como un eje vertebrador de la sociedad democrática.
En una sociedad compleja y diversa como la nuestra, los artistas no actúan en solitario e individualmente, sino que se dotan de estructuras de muy diversa naturaleza que los acompañan y apoyan en el hecho creativo. Estas estructuras pueden ser de carácter público o privado; estructuras empresariales o de carácter asociativo; estructuras de gran tamaño o incluso en ocasiones unipersonales; estructuras permanentes y fijas o estructuras temporales y discontinuas.
La existencia de dichas estructuras culturales es fundamental para el desarrollo de la actividad cultural y en definitiva para el acceso igualitario de los ciudadanos a la cultura. Su eventual desaparición o debilitamiento causado por situaciones externas anómalas o de emergencia supondría privar a los ciudadanos de un derecho constitucionalmente reconocido y, por tanto, un incumplimiento de las obligaciones constitucionales de los poderes públicos.
En España, las estructuras culturales se caracterizan básicamente por su fragilidad y por una débil implantación social y empresarial, ya que, en general, en nuestro país la característica primordial del sector de las artes escénicas y musicales es, con algunas excepciones, la existencia de una enorme cantidad de estructuras empresariales o asociativas, pero de muy pequeño tamaño; que, en su conjunto, dan empleo a un número considerable de trabajadores, ya sean empleados en el ámbito de la gestión o bien artistas y vinculados, y que, como norma general, dependen de contratos temporales de corta duración y sometidos a una elevada intermitencia.