Resolución de 15 de marzo de 2021, de la Secretaría General de Coordinación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de la Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de Conflictos de la Comisión Bilateral Generalitat-Estado, en relación con la Ley 18/2020, de 28 de diciembre, de facilitación de la actividad económica.
Ministerio de Política Territorial y Función Pública · 8 de abril de 2021
En pocas palabras
Publica un acuerdo entre el Estado y la Generalitat de Cataluña para negociar las discrepancias sobre el artículo 29 de la Ley catalana 18/2020, de facilitación de la actividad económica. Se crea un grupo de trabajo para proponer una solución y se comunica al Tribunal Constitucional.
Qué cambia
Abre una vía de negociación entre ambas administraciones sobre el artículo 29 de esa ley catalana antes de que el Tribunal Constitucional resuelva. Afecta al reparto de competencias entre el Estado y la Generalitat en materia de actividad económica.
- A quién afecta
- Generalitat de Cataluña · Administración General del Estado · Tribunal Constitucional · empresas y personas que desarrollan actividad económica en Cataluña
- Administración pública e instituciones
- Economía, empresas y consumo
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero, esta Secretaría General dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Acuerdo que se transcribe como anexo a la presente Resolución.
Madrid, 15 de marzo de 2021.–La Secretaria General de Coordinación Territorial, Miryam Álvarez Páez.
ANEXO
Acuerdo de la Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de Conflictos de la Comisión Bilateral Generalitat-Estado en relación con la Ley 18/2020, de 28 de diciembre, de facilitación de la actividad económica
La Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de Conflictos de la Comisión Bilateral Generalitat-Estado ha adoptado el siguiente Acuerdo:
Primero.
Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias competenciales suscitadas respecto al artículo 29 de la Ley 18/2020, de 28 de diciembre, de facilitación de la actividad económica.
Segundo.
Designar un Grupo de Trabajo para proponer a la Subcomisión la solución que proceda.
Tercero.
Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional a los efectos previstos en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así como insertar el presente Acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya».