Resolución de 31 de marzo de 2021, de la Secretaría General de Pesca, por la que se modifica la de 12 de marzo de 2021, por la que se establecen disposiciones adicionales de ordenación de la pesquería de la caballa (scomber scombrus) de la zonas VIIIc y IXa para los buques de la flota de otras artes distintas al arrastre y cerco del Cantábrico y Noroeste con puerto base en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación · 8 de abril de 2021
En pocas palabras
Modifica la ordenación de la pesquería de caballa en las zonas VIIIc y IXa para los barcos de artes distintas al arrastre y cerco con puerto base en Cantabria. Fija la cuota inicial de 2021 en 2.751.140,55 kg y actualiza los topes de captura por barco recogidos en el anexo.
Qué cambia
Los barcos cántabros de estas artes pueden pescar caballa hasta los topes asignados a cada uno, con un máximo de 5.000 kg por tripulante enrolado a la semana. Para estar en el censo deben acreditar puerto base en Cantabria antes del 31 de diciembre de 2020.
- A quién afecta
- barcos de artes distintas al arrastre y cerco con puerto base en Cantabria · tripulantes enrolados en esos barcos · Federación provincial de cofradías de Cantabria
- Cifras
- cuota inicial de caballa para 2021 de los barcos incluidos: 2.751.140,55 kg
- cuota de caballa para otras artes distintas al arrastre y cerco: 564.743 kg
- parte de esa cuota para barcos de otras artes con puerto base en Cantabria: 145.392,98 kg
- tope máximo de capturas: 5.000 kg por tripulante enrolado a la semana
- multa por sobrepesca de 2009 a deducir en 2021: 5.544 toneladas
- Agricultura, pesca y alimentación
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
La Resolución de 12 de marzo de 2021, de la Secretaría General de Pesca, por la que se establecen disposiciones adicionales de ordenación de la pesquería de la caballa (Scomber scombrus) de las zonas 8c y 9a para los buques de la flota de otras artes distintas al arrastre y cerco del Cantábrico y Noroeste con puerto base en la provincia de Cantabria, estableció el inicio de la pesquería dirigida de caballa a las 0:00 horas (hora peninsular) del día siguiente a la firma de dicha Resolución (13 de marzo de 2021). De igual forma, en dicha Resolución se establecía la cantidad de cuota para el primer trimestre de 2021, en base a una asignación de cuota 2021 del 72% del TAC 2020.
En el Consejo de Ministros de Pesca de la Unión Europea celebrado entre el 22 y 23 de marzo de 2021, se ha conseguido la adopción del TAC definitivo 2021 del stock de caballa MAC/8C3411.
Tal y como se recoge en la Resolución de 12 de marzo, es en este momento en el que se procede a deducir la multa por la sobrepesca realizada en 2009, de 5.544 t. correspondiente al año 2021.
Por tanto, la cifra que ahora se reparte de caballa entre toda la flota española con asignación de cuota de caballa, modalidades, buques y grupos de buques, es de 1.547 toneladas. Dicha asignación se lleva a cabo por las claves de reparto existentes. De esta cantidad, lo que corresponde a otras artes distintas al arrastre y cerco es de 564.743 Kg, de los cuáles 145.392,98 Kg, son para los barcos de otras artes con puerto base en la provincia de Cantabria. Así, la cuota final 2021 de los barcos de otras artes con puerto base en la provincia de Cantabria para 2021, se sitúa en 2.751.140,55 kg.
En base a este incremento de la cuota para la provincia de Cantabria, la Federación provincial ha revisado los topes de capturas de los barcos del anexo de la Resolución de 12 de marzo de 2021. Por tanto, procede modificar el anexo de dicha Resolución.
En virtud de lo anterior, la Secretaria General de Pesca, oído el sector afectado, resuelve lo siguiente:
Primero.
El apartado Segundo de la Resolución de 12 de marzo de 2021 se modifica y queda como sigue:
«La cuota inicial de caballa (Scomber scombrus) para el ejercicio de 2021 que corresponde para los barcos objeto de esta Resolución es de 2.751.140,55 Kg. Para estar incluidos en el censo de buques con topes de captura, deben cumplir con los siguientes requisitos: – Acreditación de tener puerto base en la provincia de Cantabria antes del 31 de diciembre de 2020. En el supuesto de que no tuviese puerto base definitivo, se establece un periodo transitorio hasta el 31 de agosto de 2021 para su obtención. – Demostración del número de ventas de otras especies distintas a la caballa y los periodos de capturas de distintas especies.»