Resolución de 25 de marzo de 2021, de la Secretaría General de Pesca, por la que se publica la lista de especies para 2021 que disponen de una exención a la obligación de desembarque por alta supervivencia.
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación · 27 de marzo de 2021
En pocas palabras
Publica la lista de especies de peces y mariscos que en 2021 pueden devolverse al mar tras su captura, en lugar de tener que desembarcarse, por tener altas probabilidades de sobrevivir. La lista se organiza por zonas (Aguas Noroccidentales, Suroccidentales y Mediterráneo) y por arte de pesca.
Qué cambia
Los barcos pesqueros pueden devolver al mar ciertas especies capturadas, siguiendo reglas concretas de liberación, y deben anotar esas cantidades en el diario de a bordo. La exención es obligatoria cuando el pescado no alcanza la talla mínima o no hay cuota disponible.
- A quién afecta
- pescadores y armadores de barcos de arrastre · pescadores de cerco · pescadores de trasmallo y redes · pescadores de palangre y anzuelo · mariscadores de rastras mecanizadas
- Cifras
- vigencia de la resolución: del 1 de enero al 31 de diciembre de 2021
- plazo para recurso de alzada: un mes
- Agricultura, pesca y alimentación
- Medio ambiente y clima
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
El Reglamento (UE) n.º 1380/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013, sobre la Política Pesquera Común, por el que se modifican los Reglamentos (CE) n.º 1954/2003 y (CE) n.º 1224/2009 del Consejo, y se derogan los Reglamentos (CE) n.º 2371/2002 y (CE) n.º 639/2004 del Consejo y la Decisión 2004/585/CE del Consejo, establece en su artículo 15 la obligación de desembarque de todas las capturas de especies sometidas a límites de captura en aguas Atlánticas y, en el caso del Mediterráneo, las sujetas a tallas mínimas tal como se definen en el anexo IX parte A del Reglamento 2019/1241.
Por otro lado en el apartado 4 de ese mismo artículo 15, se determina que no se aplicará la obligación de desembarque en una serie de supuestos entre los que se encuentran las especies respecto de las cuales existan pruebas científicas que demuestren altas tasas de supervivencia teniendo en cuenta las características del arte, de las prácticas de pesca y del ecosistema.
Según los mejores dictámenes científicos y en línea con el modelo de regionalización fijado en la Política Pesquera Común, los actos delegados para las pesquerías demersales y pelágicas para aguas Noroccidentales, aguas Suroccidentales y mar Mediterráneo, fijan aquellas especies que presentan una alta supervivencia una vez devueltas al mar para ciertos artes de pesca o en determinadas circunstancias.
Además, la concesión de la excepción por alta supervivencia en ciertas especies y zonas es de carácter provisional solo para 2021. Para prolongar la excepción durante más tiempo, se deberá aportar información científica adicional a lo largo del periodo establecido en 2021, en algunos stocks, o 2022 para los demás para su evaluación por parte del Comité Científico Técnico y Económico para Pesquerías y para la aprobación por parte de la Comisión Europea, por lo que resulta de vital importancia que se anoten correctamente las capturas devueltas al mar mediante este mecanismo.
Es por ello preciso, según el artículo 6 de la Orden APA/514/2019, de 26 de abril, establecer mediante la presente Resolución las especies que presentan alta supervivencia para el año 2021 para los artes de pesca que correspondan.
La Secretaria General de Pesca, por tanto, oído el sector afectado, resuelve:
Primero.
Publicar en el anexo I de esta Resolución las especies que presentan una alta supervivencia por arte de pesca según lo establecido en los siguientes actos delegados:
Reglamento Delegado (UE) 2020/2015 de la Comisión, de 21 de agosto de 2020, por el que se detallan las disposiciones de aplicación de la obligación de desembarque en determinadas pesquerías de las aguas occidentales para el período 2021-2023.