Real Decreto 187/2021, de 23 de marzo, por el que se indulta a doña Antonia López Romero.
Ministerio de Justicia · 24 de marzo de 2021
En pocas palabras
Indulta a doña Antonia López Romero la pena de prisión que le quedaba por cumplir. La condena era por un delito contra la salud pública impuesta por la Audiencia Provincial de Málaga. El indulto se concede con la condición de no cometer delito doloso en cuatro años.
Qué cambia
La persona indultada no tendrá que cumplir la pena de prisión pendiente, pero mantiene la multa de 1.000 euros y la inhabilitación para el sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. Si comete un delito doloso en los cuatro años siguientes, el indulto puede quedar sin efecto.
- A quién afecta
- Antonia López Romero · Cofradía de Nuestro Padre Jesús el Rico (Málaga)
- Cifras
- pena de prisión impuesta: cuatro años
- multa: 1.000 euros
- plazo para no cometer delito doloso: cuatro años desde la publicación
- hechos cometidos en el año 2015
- sentencia de la Audiencia Provincial de Málaga: 11 de julio de 2017
- Justicia
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
Visto el expediente de indulto de doña Antonia López Romero, en virtud de exposición elevada en cumplimiento del privilegio otorgado por el Rey Carlos III a la Cofradía de Nuestro Padre Jesús el Rico (Málaga), condenada por la Audiencia Provincial de Málaga, Sección Segunda, en sentencia de 11 de julio de 2017, como autora de un delito contra la salud pública a la pena de cuatro años de prisión con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y multa de 1000 euros, por hechos cometidos en el año 2015, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, estimando que, atendiendo a las circunstancias de la condenada y de acuerdo a la información que obra en el citado expediente, concurren razones de justicia y equidad, a propuesta del Ministro de Justicia, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 23 de marzo de 2021,
Vengo en indultar a doña Antonia López Romero la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 23 de marzo de 2021.
FELIPE R.
El Ministro de Justicia,
JUAN CARLOS CAMPO MORENO