Resolución de 3 de marzo de 2021, de la Secretaría General de Coordinación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Aragón-Estado, en relación con el Decreto-ley 4/2020, de 24 de junio, por el que se adoptan medidas urgentes y extraordinarias para el impulso de la Estrategia Aragonesa para la Recuperación Social y Económica.
Ministerio de Política Territorial y Función Pública · 23 de marzo de 2021
En pocas palabras
Publica un acuerdo entre el Estado y Aragón que da por resueltas las discrepancias sobre el Decreto-ley 4/2020 aragonés, de medidas urgentes para la recuperación social y económica. Aragón se compromete a adaptar sus normas sobre atribución y adscripción temporal de funciones del personal público y sobre vacaciones.
Qué cambia
Afecta al personal empleado público de la Administración de Aragón: se aclararán por norma las condiciones de la atribución y adscripción temporal de funciones y el disfrute de vacaciones de 2020.
- A quién afecta
- personal empleado público de la Administración de Aragón · personal temporal de la Administración de Aragón · personal fijo adscrito temporalmente con cambio de localidad
- Administración pública e instituciones
- Empleo y trabajo
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero, esta Secretaría General dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Acuerdo que se transcribe como anexo a la presente Resolución.
Madrid, 3 de marzo de 2021.–La Secretaria General de Coordinación Territorial, Miryam Álvarez Páez.
ANEXO
Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Aragón-Estado en relación con el Decreto-ley 4/2020, de 24 de junio, por el que se adoptan medidas urgentes y extraordinarias para el impulso de la Estrategia Aragonesa para la Recuperación Social y Económica
La Comisión Bilateral de Cooperación Aragón-Estado ha adoptado el siguiente Acuerdo:
Primero.
De conformidad con las negociaciones previas celebradas por el Grupo de Trabajo constituido en cumplimiento de lo previsto en el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Aragón, de fecha 24 de agosto de 2020, para el estudio y propuesta de solución de las discrepancias competenciales manifestadas sobre el Decreto-ley 4/2020, de 24 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se adoptan medidas urgentes y extraordinarias para el impulso de la Estrategia Aragonesa para la Recuperación Social y Económica, ambas partes las consideran solventadas en razón de los compromisos siguientes asumidos respecto de los preceptos de dicho Decreto-ley:
a) En relación a las discrepancias manifestadas sobre el artículo 11 del Decreto-ley 4/2020, de 24 de junio, del Gobierno de Aragón, ambas partes convienen en que el Gobierno de Aragón promoverá o realizará las adaptaciones normativas necesarias a fin de aclarar:
i. que la atribución temporal de funciones forzosa se ajustará a las propias de su cuerpo, escala, clase de especialidad, categoría, subgrupo profesional, o funciones que desempeñe el personal afectado, eliminando cualquier mención relativa a que tal atribución «se ajustará preferentemente a las funciones propias de su cuerpo, escala, clase de especialidad, categoría, subgrupo profesional»;
ii. que la adscripción temporal de funciones, tanto voluntaria como obligatoria, se determinará previa negociación colectiva y solo afectará al personal de carácter temporal en aquellos supuestos que se determinen reglamentariamente entre aquellos en que así lo permita la legislación básica estatal;
iii. que se establecerá la obligatoriedad de someter a negociación colectiva los criterios relativos a la designación de personal fijo al que se le nombre en adscripción temporal de funciones forzosa con cambio de localidad, conforme a lo dispuesto en los artículos 31 y siguientes del TREBEP.