Resolución de 12 de marzo de 2021, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se disponen determinadas emisiones de Bonos y Obligaciones del Estado en el mes de marzo de 2021 y se convocan las correspondientes subastas.
Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital · 15 de marzo de 2021
Texto
La Orden ETD/27/2021, de 15 de enero, por la que se dispone la creación de Deuda del Estado durante el año 2021 y enero de 2022, ha autorizado a la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional a emitir Deuda del Estado durante el año 2021 y el mes de enero de 2022 y ha regulado el marco al que deberán ajustarse las emisiones, señalando los instrumentos en que podrán materializarse, entre los que se encuentran los Bonos y Obligaciones del Estado.
En la regulación aprobada se dispone la obligación de elaborar un calendario anual de subastas ordinarias, para su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», y se establecen los procedimientos y normas de emisión, que básicamente son una prórroga de los vigentes en 2020. Dicho calendario se publicó por Resolución de 25 de enero de 2021 de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, en la que se reguló el desarrollo y resolución de las subastas de Bonos y Obligaciones del Estado para el año 2021 y el mes de enero de 2022.
Conforme al calendario anunciado, es necesario fijar las características de los Bonos y Obligaciones del Estado a poner en oferta el próximo día 18 de marzo y convocar las correspondientes subastas. A tal efecto, al objeto de atender la demanda de los inversores y siguiendo las recomendaciones de las entidades Creadores de Mercado, dada la posibilidad de poner en oferta emisiones que sean ampliación de otras realizadas con anterioridad, se considera conveniente poner en oferta un nuevo tramo de las referencias de Bonos del Estado a tres años al 0,00 por 100, vencimiento 31 de mayo de 2024 y Obligaciones del Estado a treinta años al 1,00 por 100, vencimiento 31 de octubre de 2050.
Asimismo, se considera conveniente poner en oferta Obligaciones del Estado a siete años, emisión que se formalizará en una nueva referencia, dado el volumen en circulación alcanzado por la emisión de Obligaciones a ese plazo que se viene emitiendo. La nueva referencia que se emite, de acuerdo con lo previsto en la Orden de 19 de junio de 1997, tendrá la calificación de Bonos segregables.
En razón de lo expuesto, y en uso de las autorizaciones contenidas en la citada Orden ETD/27/2021, esta Dirección General ha resuelto:
1. Disponer en el mes de marzo de 2021 las emisiones, denominadas en euros, de Bonos y Obligaciones del Estado que se indican en el apartado 2 siguiente y convocar las correspondientes subastas, que se celebrarán de acuerdo con lo previsto en la Orden ETD/27/2021, de 15 de enero, en la Resolución de 25 de enero de 2021 de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera y en la presente Resolución.
2. Características de los Bonos y Obligaciones del Estado que se emiten.
2.1 Emisión de Bonos del Estado a siete años. El tipo de interés nominal anual será el 0,00 por 100 y los valores emitidos se amortizarán por su importe nominal el 31 de enero de 2028. Los cupones tendrán vencimiento el 31 de enero de cada año, siendo el primer cupón a pagar el 31 de enero de 2022, y se pagarán por anualidades vencidas, excepto el primer cupón que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 6.2. de la Orden ETD/27/2021, tendrá un periodo de devengo comprendido entre la fecha de emisión y la fecha de vencimiento del cupón. El importe bruto de este primer cupón, expresado en tanto por ciento del saldo nominal redondeado a seis decimales, será del 0,000000 por 100, calculado mediante la siguiente expresión:
donde «I» es el tipo de interés nominal expresado en tanto por ciento y «d» es el número de días del periodo de devengo, computándose como primer día la fecha de emisión y como último el día anterior a la fecha vencimiento.
2.2 Emisión de Bonos del Estado a tres años al 0,00 por 100. El tipo de interés nominal anual y las fechas de amortización y de vencimiento de cupones serán los mismos que se establecieron en la Resolución de 30 de diciembre de 2020, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, para la emisión de Bonos del Estado a tres años al 0,00 por 100, vencimiento 31 de mayo de 2024. El primer cupón a pagar será el 31 de mayo de 2021, por un importe de 0,000000 por 100.
2.3 Emisión de Obligaciones del Estado a treinta años al 1,00 por 100. El tipo de interés nominal anual y las fechas de amortización y de vencimiento de cupones serán los mismos que se establecieron en las Órdenes ETD/168/2020 y ETD/170/2020 de 25 y 26 de febrero, respectivamente, para la emisión de Obligaciones del Estado a treinta años al 1,00 por 100, vencimiento 31 de octubre de 2050. El primer cupón a pagar será, por su importe completo, el 31 de octubre de 2021.
2.4 De conformidad con lo previsto en el número 2 de la Orden de 19 de junio de 1997, los Bonos y Obligaciones que se emiten tienen la calificación de Bonos segregables. No obstante, para el inicio de las operaciones de segregación y reconstitución en los Bonos a tres años al 0,00 por 100 y en las Obligaciones a siete años al 0,00 por 100 que se emiten, la autorización deberá aprobarse por la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional.
3. Las subastas tendrán lugar el próximo 18 de marzo de 2021, conforme al calendario hecho público en el apartado 1 de la Resolución de 25 de enero de 2021, y el precio de las peticiones competitivas que se presenten a las subastas se consignará en tanto por ciento con dos decimales, el segundo de los cuales podrá ser cualquier número entre el cero y el nueve, ambos incluidos, y se formulará ex-cupón. A este respecto, el cupón corrido de los valores que se ponen en oferta, calculado de la forma que se establece en el artículo 14.2 de la Orden ETD/27/2021, de 15 de enero, es el 0,00 por 100 en los Bonos a tres años al 0,00 por 100, el 0,39 por 100 en las Obligaciones a treinta años al 1,00 por 100. La emisión de la nueva referencia de Obligaciones a siete años, en este primer tramo, se efectúa sin cupón corrido al no haberse iniciado el periodo de devengo del primer cupón.
4. Las segundas vueltas de las subastas convocadas mediante esta Resolución, a las que tendrán acceso en exclusiva los Creadores de Mercado que actúan en el ámbito de los Bonos y Obligaciones del Estado, se desarrollarán entre la resolución de las subastas y las doce horas del día hábil anterior al de puesta en circulación de los valores y serán adjudicadas al precio marginal resultante de la fase de subasta, conforme a la normativa reguladora de estas entidades.
5. Los valores que se emitan en estas subastas se pondrán en circulación el día 23 de marzo de 2021, fecha de desembolso y adeudo en cuenta fijada para los titulares de cuentas en la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A. Unipersonal, y se admitirán de oficio a negociación en AIAF Mercado de Renta Fija. Además, estos valores se agregarán, en cada caso, a las emisiones reseñadas en el apartado 2 anterior, teniendo la consideración de ampliación de aquéllas, con las que se gestionarán como una única emisión a partir de su puesta en circulación.
6. En el anexo de la presente Resolución, y con carácter informativo a efectos de la participación en las subastas, se incluyen tablas de equivalencia entre precios y rendimientos de los Bonos y Obligaciones del Estado cuya emisión se dispone, calculadas de acuerdo con lo previsto en el artículo 14.2 de la Orden ETD/27/2021, de 15 de enero.
Madrid, 12 de marzo de 2021.–El Director General del Tesoro y Política Financiera, Pablo de Ramón-Laca Clausen.
ANEXO
Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para los Bonos del Estado a 3 años al 0,00 %, vto. 31.05.2024
(Subasta del día 18 de marzo)
Precio excupón | Rendimiento bruto* — Porcentaje 100,25 | -0,078 100,30 | -0,094 100,35 | -0,109 100,40 | -0,125 100,45 | -0,141 100,50 | -0,156 100,55 | -0,172 100,60 | -0,187 100,65 | -0,203 100,70 | -0,218 100,75 | -0,234 100,80 | -0,250 100,85 | -0,265 100,90 | -0,281 100,95 | -0,296 101,00 | -0,312 101,05 | -0,327 101,10 | -0,342 101,15 | -0,358 101,20 | -0,373 101,25 | -0,389 101,30 | -0,404 101,35 | -0,420 101,40 | -0,435 101,45 | -0,450 101,50 | -0,466 101,55 | -0,481 101,60 | -0,497 101,65 | -0,512 101,70 | -0,527 101,75 | -0,543 101,80 | -0,558 101,85 | -0,573 101,90 | -0,588 101,95 | -0,604 102,00 | -0,619 102,05 | -0,634 102,10 | -0,650 102,15 | -0,665 102,20 | -0,680 102,25 | -0,695 102,30 | -0,711 102,35 | -0,726 102,40 | -0,741 102,45 | -0,756 102,50 | -0,771 102,55 | -0,786 102,60 | -0,802 102,65 | -0,817 102,70 | -0,832 102,75 | -0,847 (*) Rendimientos redondeados al tercer decimal.
Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para las Obligaciones del Estado a 7 años al 0,00 %, vto. 31.01.2028
(Subasta del día 18 de marzo)
Precio excupón | Rendimiento bruto* — Porcentaje 99,25 | 0,110 99,30 | 0,102 99,35 | 0,095 99,40 | 0,088 99,45 | 0,080 99,50 | 0,073 99,55 | 0,066 99,60 | 0,058 99,65 | 0,051 99,70 | 0,044 99,75 | 0,036 99,80 | 0,029 99,85 | 0,022 99,90 | 0,015 99,95 | 0,007 100,00 | 0,000 100,05 | -0,007 100,10 | -0,015 100,15 | -0,022 100,20 | -0,029 100,25 | -0,036 100,30 | -0,044 100,35 | -0,051 100,40 | -0,058 100,45 | -0,065 100,50 | -0,073 100,55 | -0,080 100,60 | -0,087 100,65 | -0,094 100,70 | -0,102 100,75 | -0,109 100,80 | -0,116 100,85 | -0,123 100,90 | -0,131 100,95 | -0,138 101,00 | -0,145 101,05 | -0,152 101,10 | -0,159 101,15 | -0,167 101,20 | -0,174 101,25 | -0,181 101,30 | -0,188 101,35 | -0,195 101,40 | -0,202 101,45 | -0,210 101,50 | -0,217 101,55 | -0,224 101,60 | -0,231 101,65 | -0,238 101,70 | -0,245 101,75 | -0,253 (*) Rendimientos redondeados al tercer decimal.
Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para las Obligaciones del Estado a 30 años al 1,00%, vto. 31.10.2050
(Subasta del día 18 de marzo)
Precio excupón | Rendimiento bruto* — Porcentaje 94,50 | 1,223 94,55 | 1,220 94,60 | 1,218 94,65 | 1,216 94,70 | 1,214 94,75 | 1,212 94,80 | 1,210 94,85 | 1,208 94,90 | 1,206 94,95 | 1,204 95,00 | 1,202 95,05 | 1,200 95,10 | 1,198 95,15 | 1,195 95,20 | 1,193 95,25 | 1,191 95,30 | 1,189 95,35 | 1,187 95,40 | 1,185 95,45 | 1,183 95,50 | 1,181 95,55 | 1,179 95,60 | 1,177 95,65 | 1,175 95,70 | 1,173 95,75 | 1,171 95,80 | 1,169 95,85 | 1,167 95,90 | 1,165 95,95 | 1,162 96,00 | 1,160 96,05 | 1,158 96,10 | 1,156 96,15 | 1,154 96,20 | 1,152 96,25 | 1,150 96,30 | 1,148 96,35 | 1,146 96,40 | 1,144 96,45 | 1,142 96,50 | 1,140 96,55 | 1,138 96,60 | 1,136 96,65 | 1,134 96,70 | 1,132 96,75 | 1,130 96,80 | 1,128 96,85 | 1,126 96,90 | 1,124 96,95 | 1,122 97,00 | 1,120 (*) Rendimientos redondeados al tercer decimal.