Enmiendas de 2019 al Código técnico relativo al control de las emisiones de óxidos de nitrógeno de los motores diésel marinos (Código técnico sobre los NOx 2008), adoptadas en Londres el 17 de mayo de 2019 mediante Resolución MEPC.317(74).
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación · 3 de marzo de 2021
En pocas palabras
Modifica el Código técnico sobre los NOx de 2008 para permitir el uso de libros registro electrónicos en lugar de los impresos y actualiza las reglas de certificación de los sistemas reductores de NOx (SCR) en motores diésel marinos.
Qué cambia
Los buques con motores diésel marinos pueden usar registros electrónicos aprobados por la Administración y deben seguir el procedimiento de certificación previa para la combinación motor/dispositivo reductor de NOx.
- A quién afecta
- armadores y navieras · fabricantes de motores diésel marinos · talleres y astilleros de reparación naval · administraciones marítimas que certifican motores · inspectores de buques
- Cifras
- aceptación de las enmiendas: 1 de abril de 2020
- entrada en vigor: 1 de octubre de 2020
- rechazo posible por un tercio de las Partes o Partes con al menos el 50 % del arqueo bruto de la flota mercante mundial
- Medio ambiente y clima
- Transporte e infraestructuras
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
RESOLUCIÓN MEPC.317(74)
(Adoptada el 17 de mayo de 2019)
Enmiendas al Código Técnico relativo al control de las emisiones de óxidos de nitrógeno de los motores diésel marinos (Código técnico sobre los NOx 2008)
(Libros registro electrónicos y prescripciones relativas a la certificación de los sistemas de SCR)
El Comité de Protección del Medio Marino,
Recordando el artículo 38.a) del Convenio constitutivo de la Organización Marítima Internacional, artículo que trata de las funciones del Comité de protección del medio marino conferidas por los convenios internacionales relativos a la prevención y contención de la contaminación del mar ocasionada por los buques,
Recordando también el artículo 16 del Convenio internacional para prevenir la contaminación por los buques, 1973, modificado por los Protocolos de 1978 y 1997 (Convenio MARPOL), en el que se especifica el procedimiento de enmienda y se confiere al órgano pertinente de la Organización la función de examinar y adoptar las enmiendas correspondientes,
Recordando además la regla 13 del anexo VI del Convenio MARPOL, que confiere carácter obligatorio al Código técnico relativo al control de las emisiones de óxidos de nitrógeno de los motores diésel marinos («el Código técnico sobre los NOx 2008») en virtud de dicho anexo,
Habiendo examinado, en su 74.° periodo de sesiones, el proyecto de enmiendas al Código técnico sobre los NOx 2008 sobre los libros registro electrónicos y a las prescripciones relativas a la certificación de los sistemas de SCR, que se distribuyeron de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 2) a) del Convenio MARPOL,
1. Adopta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 2) d) del Convenio MARPOL, las enmiendas al Código técnico sobre los NOx 2008 que figuran en el anexo de la presente resolución;
2. Decide, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 2) f) iii) del Convenio MARPOL, que las enmiendas se considerarán aceptadas el 1 de abril de 2020, salvo que, con anterioridad a esa fecha, un tercio cuando menos de las Partes, o aquellas Partes cuyas flotas mercantes combinadas representen como mínimo el 50 % del arqueo bruto de la flota mercante mundial, hayan notificado a la Organización que rechazan las enmiendas;
3. Invita a las Partes a que tomen nota de que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 2) g) ii) del Convenio MARPOL, dichas enmiendas entrarán en vigor el 1 de octubre de 2020 una vez aceptadas de conformidad con lo estipulado en el párrafo 2 anterior;
4. PIDE al Secretario General que, a efectos de lo dispuesto en el artículo 16 2) e) del Convenio MARPOL, remita a todas las Partes en dicho convenio copias certificadas de la presente resolución y del texto de las enmiendas que figura en el anexo;