Orden TES/170/2021, de 23 de febrero, por la que se amplía, con carácter extraordinario, el plazo de finalización de las obras y servicios de interés general y social de proyectos aprobados en el ejercicio 2020, en las ciudades de Ceuta y Melilla, en el marco de la Resolución de 17 de agosto de 2020, del Servicio Público de Empleo Estatal.
Ministerio de Trabajo y Economía Social · 26 de febrero de 2021
En pocas palabras
Amplía cuatro meses, hasta el 31 de octubre de 2021, el plazo para terminar las obras y servicios de proyectos de empleo aprobados en 2020 en Ceuta y Melilla. Estos proyectos los ejecutan las Delegaciones del Gobierno y contratan a personas desempleadas.
Qué cambia
Las Delegaciones del Gobierno en Ceuta y Melilla tienen más tiempo para ejecutar los proyectos y mantener contratadas a las personas desempleadas participantes. La ampliación no aumenta las subvenciones ya concedidas.
- A quién afecta
- personas desempleadas contratadas en los planes de empleo de Ceuta y Melilla · Delegación del Gobierno en Ceuta · Delegación del Gobierno en Melilla · Servicio Público de Empleo Estatal
- Cifras
- ampliación del plazo: cuatro meses
- nueva fecha límite de finalización: 31 de octubre de 2021
- duración máxima de los proyectos según la norma de 1997: nueve meses
- Empleo y trabajo
- Administración pública e instituciones
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
La Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, de 19 de diciembre de 1997, establece las bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas, por el Instituto Nacional de Empleo en el ámbito de la colaboración con órganos de la Administración General de Estado y sus organismos autónomos, Comunidades Autónomas, Universidades e Instituciones sin ánimo de lucro, que contraten trabajadores desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social.
Al amparo de dicha orden, se ha dictado la Resolución de 17 de agosto de 2020, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones en el ámbito de colaboración con órganos de la Administración General del Estado que contraten trabajadores desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social. Esta convocatoria tiene por objeto el desarrollo de proyectos del programa de colaboración del Servicio Público de Empleo Estatal con los órganos de la Administración General del Estado en Ceuta y Melilla.
Una vez resuelta dicha convocatoria, por resoluciones de 30 de septiembre de 2020 del Director General del Servicio Público de Empleo Estatal, se han concedido a la Delegación del Gobierno en Ceuta y a la Delegación del Gobierno en Melilla las correspondientes subvenciones y se han aprobado los proyectos para el desarrollo, respectivamente, del Plan de Empleo de Ceuta y del Plan de Empleo de Melilla, cuyo objeto es la contratación de trabajadores desempleados con el fin de mejorar su empleabilidad, realizando funciones y trabajos de interés general y social.
La citada Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, de 19 de diciembre de 1997, establece en su artículo 5.1.d), como requisito de las obras o servicios a realizar, que la duración de los proyectos no supere los nueve meses desde la fecha de inicio de los mismos, que, en todo caso se deberá efectuar dentro del ejercicio en que se aprueben, debiendo quedar finalizados no más tarde de los seis primeros meses del ejercicio siguiente.
En 2020, los procesos de puesta en marcha de los Planes de Empleo aprobados y de la selección realizada por el Servicio Público de Empleo Estatal de las personas trabajadoras desempleadas participantes en los mismos, han resultado especialmente complejos. Por otra parte, dadas las fechas de concesión de las subvenciones y de aprobación de los proyectos; el elevado número de personas a contratar, la diversidad de categorías profesionales y los colectivos prioritarios a considerar, han ocasionado que el proceso de contratación laboral, así como el inicio de las obras o servicios incluidos en los proyectos aprobados, hayan sufrido un importante retraso.
Por todo ello, se considera necesario ampliar de forma extraordinaria el plazo de finalización de las obras o servicios para la ejecución de proyectos aprobados en 2020, en las ciudades de Ceuta y de Melilla, al amparo de la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, de 19 de diciembre de 1997.