Real Decreto 93/2021, de 16 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 1221/2009, de 17 de julio, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las explotaciones de ganado porcino extensivo y por el que se modifica el Real Decreto 1547/2004, de 25 de junio, por el que se establecen las normas de ordenación de las explotaciones cunícolas.
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación · 17 de febrero de 2021
En pocas palabras
Modifica las normas de ordenación de las explotaciones de ganado porcino extensivo. Permite que las explotaciones extensivas de producción ya existentes que vendían reproductores puedan ampliarse o convertirse en explotaciones de selección o multiplicación.
Qué cambia
Las explotaciones porcinas extensivas de producción que ya vendían reproductores pueden seguir con esa actividad, ampliarse o cambiar de orientación para convertirse en explotaciones de selección o multiplicación.
- A quién afecta
- explotaciones de ganado porcino extensivo · explotaciones de producción porcina · explotaciones de selección y multiplicación de reproductores
- Agricultura, pesca y alimentación
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
El Real Decreto 306/2020, de 11 de febrero, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las granjas porcinas intensivas, y se modifica la normativa básica de ordenación de las explotaciones de ganado porcino extensivo, modifica varios aspectos del Real Decreto 1221/2009, de 17 de julio, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las explotaciones de ganado porcino extensivo y por el que se modifica el Real Decreto 1547/2004, de 25 de junio, por el que se establecen las normas de ordenación de las explotaciones cunícolas, entre ellos la derogación de la excepción para la venta de reproductores en granjas de producción que establecía el citado Real Decreto 1221/2009, de 17 de julio, suprimiendo la posibilidad de que las explotaciones de producción pudieran orientarse a la venta de reproductores como actividad secundaria de la explotación, actividad que quedó limitada a las de selección, multiplicación y recría de reproductores.
Por ello, se atenúan las limitaciones impuestas entonces a las explotaciones extensivas de producción ya existentes que llevaban a cabo dicha actividad, permitiendo su ampliación o el cambio de orientación zootécnica para su conversión en explotaciones de selección o multiplicación, tal y como se permite en el caso de las explotaciones intensivas, mediante la modificación del artículo 9 del Real Decreto 1221/2009, de 17 de julio.
La regulación que contiene este proyecto se ajusta a los principios contemplados en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En concreto, cumple con los principios de necesidad y eficacia, pues se trata del instrumento más adecuado para garantizar que la normativa se aplica de un modo homogéneo en todo el territorio nacional, lo que garantiza el interés general. También se adecua al principio de proporcionalidad, pues no se imponen restricciones u obligaciones a los destinatarios. En cuanto a los principios de seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, dicha norma se adecua a los mismos pues es coherente con el resto del ordenamiento jurídico, y se ha procurado la participación de las partes interesadas, evitando cargas administrativas.
Esta norma se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.13.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de bases y la coordinación de la planificación general de la actividad económica, y de acuerdo con la habilitación contemplada en la disposición final quinta de la Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, con la aprobación previa de la Ministra de Política Territorial y Función Pública, de acuerdo con el Consejo de Estado, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 16 de febrero de 2021,