Decreto 2/2021, de 20 de diciembre, del Presidente de la Junta de Castilla y León, por el que se disuelven anticipadamente las Cortes de Castilla y León y se convocan elecciones a las Cortes de Castilla y León.
Comunidad de Castilla y León · 21 de diciembre de 2021
En pocas palabras
El decreto disuelve anticipadamente las Cortes de Castilla y León y convoca elecciones autonómicas para el 13 de febrero de 2022. Fija la campaña electoral, el número de procuradores por provincia y la sesión constitutiva del nuevo parlamento.
Qué cambia
Se adelanta la disolución del parlamento autonómico y se convoca a los ciudadanos de Castilla y León a votar el 13 de febrero de 2022 para elegir a sus representantes.
- A quién afecta
- votantes de Castilla y León · candidatos y partidos que se presentan a las elecciones · Cortes de Castilla y León · Junta Electoral de Castilla y León
- Cifras
- fecha de las elecciones: 13 de febrero de 2022
- número total de procuradores: 81
- campaña electoral: 15 días, del 28 de enero al 11 de febrero de 2022
- sesión constitutiva de las Cortes: 10 de marzo de 2022 a las 12:00 horas
- procuradores por provincia: Valladolid 15, León 13, Burgos 11, Salamanca 10, Ávila 7, Palencia 7, Zamora 7, Segovia 6, Soria 5
- Administración pública e instituciones
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
El artículo 27.1. a) y b) del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, de conformidad con la redacción dada por la Ley Orgánica 14/2007, de 30 de noviembre, dispone que, como supremo representante de la Comunidad Autónoma, corresponde al Presidente de la Junta de Castilla y León acordar la disolución de las Cortes de Castilla y León y convocar elecciones.
El artículo 37 del Estatuto de Autonomía atribuye al Presidente de la Junta de Castilla y León la facultad de acordar, mediante decreto, la disolución anticipada de las Cortes de Castilla y León, previa deliberación de la Junta de Castilla y León, incluyendo en dicho decreto la fecha de las elecciones a las Cortes de Castilla y León y las demás circunstancias previstas en la legislación electoral.
Asimismo, el artículo 16.1 de la Ley 3/1987, de 30 de marzo, Electoral de Castilla y León, dispone que la convocatoria de Elecciones a las Cortes de Castilla y León se realizará de acuerdo con lo previsto en la legislación reguladora del Régimen Electoral General, mediante Decreto del Presidente de la Junta de Castilla y León.
En su virtud, de acuerdo con las facultades atribuidas por los artículos 27.1. a) y b) y 37 del Estatuto de Autonomía y por el artículo 16.1 de la Ley 3/1987, de 30 de marzo, Electoral de Castilla y León, previa deliberación de la Junta de Castilla y León, dispongo:
Artículo 1.
Se disuelven anticipadamente las Cortes de Castilla y León.
Artículo 2.
Se convocan elecciones a las Cortes de Castilla y León, que se celebrarán el día 13 de febrero de 2022.
Artículo 3.
En aplicación de lo establecido en los artículos 21.2 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, y 19 de la Ley 3/1987, de 30 de marzo, Electoral de Castilla y León, integrarán las Cortes de Castilla y León ochenta y un Procuradores/as, correspondiendo elegir en cada circunscripción electoral el siguiente número:
Circunscripción electoral | Procuradores/as Ávila. | 7 Burgos. | 11 León. | 13 Palencia. | 7 Salamanca. | 10 Segovia. | 6 Soria. | 5 Valladolid. | 15 Zamora. | 7
Artículo 4.
La campaña electoral tendrá una duración de quince días, comenzando a las cero horas del 28 de enero de 2022 y finalizando a las veinticuatro horas del 11 de febrero de 2022.
Artículo 5.
La sesión constitutiva de las Cortes de Castilla y León tendrá lugar el día 10 de marzo de 2022 a las doce horas.