Resolución de 29 de noviembre de 2021, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se regula el sistema de código seguro de verificación de documentos electrónicos.
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana · 17 de diciembre de 2021
En pocas palabras
Regula el uso del código seguro de verificación (CSV) en los documentos electrónicos de las actuaciones administrativas automatizadas del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF). El CSV sirve como firma electrónica y permite comprobar la autenticidad e integridad de los documentos a través de la sede electrónica.
Qué cambia
Los documentos electrónicos que genere ADIF de forma automatizada llevarán un código único que cualquier persona podrá consultar en la sede electrónica para verificar que son auténticos. Afecta a los trámites y documentos que ADIF emite por medios electrónicos.
- A quién afecta
- personas que presentan solicitudes o instancias ante ADIF · ciudadanía que consulta documentos de ADIF en la sede electrónica · órganos internos de ADIF que generan documentos · Dirección de Transformación Digital y Sistemas de ADIF
- Administración pública e instituciones
- Transporte e infraestructuras
- Digitalización y telecomunicaciones
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
De acuerdo con lo previsto en el artículo 41 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se entiende por actuación administrativa automatizada, «cualquier acto o actuación realizada íntegramente a través de medios electrónicos por una Administración Pública en el marco de un procedimiento administrativo y en la que no haya intervenido de forma directa un empleado público».
Asimismo, y de conformidad con lo recogido en el apartado segundo de dicho artículo 41, «deberá establecerse previamente el órgano u órganos competentes, según los casos, para la definición de las especificaciones, programación, mantenimiento, supervisión y control de calidad y, en su caso, auditoría del sistema de información y de su código fuente. Asimismo, se indicará el órgano que debe ser considerado responsable a efectos de impugnación».
Por otro lado, el artículo 42 de la citada Ley prevé la utilización, entre los sistemas de firma para las actuaciones administrativas automatizadas, del «código seguro de verificación (CSV) vinculado a la Administración Pública, órgano, organismo público o entidad de Derecho Público, en los términos y condiciones establecidos, permitiéndose en todo caso la comprobación de la integridad del documento mediante el acceso a la sede electrónica correspondiente».
El Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, aprobado por el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, regula, en su artículo 21, el uso del código seguro de verificación (CSV) como sistema de firma electrónica en las actuaciones administrativas automatizadas, debiendo dicho código vincular al órgano u organismo o entidad y, en su caso, a la persona firmante del documento, permitiéndose en todo caso la comprobación de la integridad del documento mediante el acceso a la sede electrónica correspondiente.
La aplicación del sistema de código seguro de verificación (CSV) requiere, de acuerdo con el mencionado Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, de «resolución de la persona titular de la Subsecretaría del Ministerio o de la persona titular de la Presidencia o de la Dirección del organismo público o entidad de derecho público vinculado o dependiente, previo informe del Centro Criptológico Nacional y de la Secretaría General de Administración Digital», y que deberá incorporar las especificaciones que establece el artículo 21 del citado Reglamento.
Por su parte, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece en el último párrafo de su artículo 27.3 que las Administraciones harán públicos, a través de la sede electrónica correspondiente, los CSV u otro sistema de verificación utilizados.
La Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (en adelante, EPE ADIF), a fin de mejorar el servicio que se presta a la ciudadanía y demás colectivos en condiciones de máxima seguridad jurídica, viene utilizando el código seguro de verificación para autenticar los documentos firmados electrónicamente en el ámbito de ADIF.