Orden TER/1402/2021, de 13 de diciembre, por la que se modifica la Orden TER/1204/2021, de 3 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria correspondiente a 2021, de subvenciones destinadas a la transformación digital y modernización de las Administraciones de las Entidades Locales, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Ministerio de Política Territorial · 15 de diciembre de 2021
En pocas palabras
Amplía el plazo para pedir las subvenciones de 2021 para digitalizar y modernizar las administraciones de las entidades locales, financiadas con fondos europeos del Plan de Recuperación. El plazo pasa a cerrar el 29 de diciembre de 2021 a las 15:00 horas.
Qué cambia
Las entidades locales interesadas tienen más días para presentar su solicitud de subvención. Las solicitudes ya presentadas antes de esta modificación siguen siendo válidas.
- A quién afecta
- entidades locales · administraciones de las entidades locales · ayuntamientos · diputaciones provinciales
- Cifras
- nuevo plazo de solicitudes: hasta las 15:00 horas del 29 de diciembre de 2021
- apertura de solicitudes: desde las 9:00 horas del día siguiente a la publicación en el BOE
- Digitalización y telecomunicaciones
- Administración pública e instituciones
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
La Orden TER/1204/2021, de 3 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria correspondiente a 2021, de subvenciones destinadas a la transformación digital y modernización de las Administraciones de las Entidades Locales, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, regula y aprueba las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones financiables con fondos europeos de concurrencia no competitiva, en los términos que se señalan en el artículo 62 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Las actividades a financiar por dicha orden tienen por objeto la transformación digital de las administraciones locales a fin de mejorar su funcionamiento, y en cuanto al plazo de presentación de solicitudes ha previsto en su artículo 14.1 que las solicitudes se podrán presentar desde las 9:00 horas del día siguiente al de la publicación de esta orden en el «Boletín Oficial del Estado», hasta las 15:00 horas del día 15 de diciembre de 2021.
No obstante lo anterior, debido a la complejidad técnica de los proyectos de modernización y digitalización en el ámbito de las administraciones de las entidades locales, es necesario ampliar el citado plazo de presentación de solicitudes hasta el 29 de diciembre por lo que se procede a modificar dicho artículo 14.
Por tanto, de conformidad con lo previsto en el artículo 61 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, habiendo sido objeto del informe preceptivo de la Abogacía del Estado y de la Intervención Delegada en el Ministerio de Política Territorial,
En su virtud, dispongo:
Artículo único. Modificación de la Orden TER/1204/2021, de 3 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria correspondiente a 2021, de subvenciones destinadas a la transformación digital y modernización de las Administraciones de las Entidades Locales, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
El apartado 1 del artículo 14 de la Orden TER/1204/2021, de 3 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria correspondiente a 2021, de subvenciones destinadas a la transformación digital y modernización de las Administraciones de las Entidades Locales, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, queda redactado en los siguientes términos:
«1. Las solicitudes se podrán presentar desde las 9:00 horas del día siguiente al de la publicación de esta orden en el “Boletín Oficial del Estado”, hasta las 15:00 horas del día 29 de diciembre de 2021. Toda solicitud cuya presentación se produzca fuera del plazo establecido será inadmitida a trámite.»