Resolución de 26 de noviembre de 2021, de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones, por la que se establece el plazo especial para el ingreso de las diferencias resultantes de la aplicación de la Orden ISM/1270/2021, de 11 de noviembre, por la que se fijan para el ejercicio 2021 las bases normalizadas de cotización a la Seguridad Social, por contingencias comunes, en el Régimen Especial de la Seguridad Social para la Minería del Carbón.
Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones · 2 de diciembre de 2021
En pocas palabras
Fija el plazo especial para ingresar las diferencias de cotización que resultan de aplicar las nuevas bases de cotización del Régimen Especial de la Minería del Carbón para 2021. Esas diferencias se ingresan en un único plazo, el del mes de febrero de 2022.
Qué cambia
Las empresas y trabajadores del Régimen Especial de la Minería del Carbón que cotizaron en 2021 con las bases anteriores deben regularizar las diferencias en febrero de 2022, en un solo pago.
- A quién afecta
- empresas del sector de la minería del carbón · trabajadores incluidos en el Régimen Especial de la Seguridad Social para la Minería del Carbón
- Cifras
- plazo de ingreso: mes de febrero de 2022
- periodo de cotización afectado: desde el 1 de enero de 2021 hasta el mes anterior a la publicación en el BOE
- Pensiones y Seguridad Social
- Empleo y trabajo
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
La Orden ISM/1270/2021, de 11 de noviembre, por la que se fijan para el ejercicio 2021 las bases normalizadas de cotización a la Seguridad Social, por contingencias comunes, en el Régimen Especial de la Seguridad Social para la Minería del Carbón, autoriza, a través de su disposición adicional, a la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones a fijar el plazo especial para el ingreso de las diferencias que resulten de la aplicación de las bases que se establecen en la orden mencionada, respecto de aquellas por las que se ha venido cotizando durante el ejercicio 2021.
En su virtud, esta Secretaría de Estado resuelve:
Las diferencias de cotización resultantes de la aplicación de lo dispuesto en la Orden ISM/1270/2021, de 11 de noviembre, por la que se fijan para el ejercicio 2021 las bases normalizadas de cotización a la Seguridad Social, por contingencias comunes, en el Régimen Especial de la Seguridad Social para la Minería del Carbón, respecto de las cotizaciones que, a partir de 1 de enero de 2021, se hubieran efectuado hasta el mes anterior al de su publicación el «Boletín Oficial del Estado», se ingresarán en un único plazo correspondiente al mes de febrero de 2022.
Madrid, 26 de noviembre de 2021.–El Secretario de Estado de la Seguridad Social y Pensiones, Israel Arroyo Martínez.