Orden AUC/1296/2021, de 17 de noviembre, por la que se reestructura la Oficina Consular Honoraria de España en el Reino de Dinamarca.
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación · 26 de noviembre de 2021
En pocas palabras
Reorganiza la red de oficinas consulares honorarias de España en Dinamarca para adaptarla a la nueva división administrativa danesa. Cambia las demarcaciones de varias oficinas, eleva tres a Consulado Honorario y suprime el Viceconsulado de Vejle.
Qué cambia
Los españoles en Dinamarca pasan a depender de oficinas consulares honorarias con nuevas demarcaciones: Aarhus, Odense y Groenlandia suben de categoría y Vejle desaparece, integrando su zona en Odense.
- A quién afecta
- ciudadanos españoles residentes en Dinamarca · españoles transeúntes en Dinamarca · cónsules honorarios de España en Dinamarca · Embajada de España en Copenhague
- Cifras
- 5 oficinas consulares honorarias antes de la reorganización
- 3 consulados honorarios tras la reorganización (Aarhus, Odense y Groenlandia)
- 1 viceconsulado honorario tras la reorganización (Thorshavn, Islas Feroe)
- 1 oficina consular suprimida (Vejle)
- 5 regiones y 98 distritos en la nueva división territorial de Dinamarca
- Política exterior y Unión Europea
- Administración pública e instituciones
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
En el año 2007, el Reino de Dinamarca aprobó una nueva organización territorial suprimiendo la anterior división del territorio en 13 distritos. La nueva organización territorial consta de cinco regiones (Región Capital, Jutlandia Central, Dinamarca Meridional, Selandia y Jutlandia Septentrional) que abarcan un total de 98 distritos.
Esta reorganización justifica la reestructuración de la red consular honoraria de España en el Reino de Dinamarca, con el objetivo de adecuarla a la división administrativa vigente. De esta forma, se redistribuyen las circunscripciones de las cinco Oficinas Consulares honorarias de España en Dinamarca, elevando las categorías de tres de ellas de Viceconsulado Honorario a Consulado Honorario (Aarhus, Odense y Groenlandia), manteniendo un Viceconsulado Honorario (Thorshavn, en las Islas Feroe) y suprimiendo otro (Vejle), de manera que la red quede compuesta por tres Oficinas Consulares honorarias de España con categoría Consulados Honorarios y una Oficina Consular honoraria de España con categoría de Viceconsulado Honorario.
Este nuevo diseño de la red consular honoraria permite una gestión más eficaz y directa de los asuntos ordinarios de la colectividad española y de una mejor gestión de las eventualidades que puedan encontrarse los ciudadanos españoles transeúntes.
Por ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.1 de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado, en relación con el Reglamento de los Agentes Consulares Honorarios de España en el extranjero, aprobado por Real Decreto 1390/2007, de 29 de octubre, a iniciativa de la Dirección General del Servicio Exterior, de conformidad con la propuesta formulada por la Embajada de España en Copenhague, con el informe favorable de la Dirección General de Españoles en el Exterior y Asuntos Consulares y de la Dirección General de Europa Occidental, Central y Sudeste de Europa, dispongo:
Artículo 1. Modificación de la circunscripción consular de la Oficina Consular honoraria de España en Aarhus.
Se modifica la circunscripción de la Oficina Consular honoraria de España en Aarhus, que abarcará las regiones de Jutlandia Septentrional y Jutlandia Meridional.
Artículo 2. Elevación Oficina Consular honoraria de España en Aarhus.
Se eleva a la categoría de Consulado Honorario la Oficina Consular de España en Aarhus, en el Reino de Dinamarca, con la circunscripción descrita en el artículo 1.
Artículo 3. Jefatura de la Oficina Consular honoraria de España en Aarhus.
La persona titular del Consulado Honorario de España en Aarhus tendrá, de conformidad con el artículo 9 del Convenio de Viena sobre relaciones consulares, de 24 de abril de 1963, categoría de Cónsul Honorario.