Real Decreto 1024/2021, de 16 de noviembre, por el que se indulta a doña Juana Rivas Gómez.
Ministerio de Justicia · 17 de noviembre de 2021
En pocas palabras
Indulta parcialmente a Juana Rivas Gómez, condenada por sustracción de menores. Reduce su pena de prisión de dos años y seis meses a un año y tres meses, y cambia la inhabilitación para la patria potestad por 180 días de trabajos en beneficio de la comunidad.
Qué cambia
La condenada cumple una pena de prisión menor y no pierde la patria potestad de sus hijos, pero debe realizar trabajos comunitarios y no reincidir en cuatro años.
- A quién afecta
- Juana Rivas Gómez · sus hijos
- Cifras
- pena de prisión original: 2 años y 6 meses
- pena de prisión tras el indulto: 1 año y 3 meses
- inhabilitación original para la patria potestad: 6 años
- pena sustitutiva: 180 días de trabajos en beneficio de la comunidad
- plazo para no reincidir: 4 años desde la publicación
- Justicia
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
Visto el expediente de indulto de doña Juana Rivas Gómez, condenada por la Sala Segunda de lo Penal del Tribunal Supremo, en sentencia de 23 de abril de 2021, resolutoria de recurso de casación interpuesto contra sentencia de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Granada de fecha 7 de marzo de 2019, que resolvió recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal número 1 de Granada de fecha 18 de julio de 2018, como autora de un delito de sustracción de menores a la pena de dos años y seis meses de prisión con la accesoria de privación del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, a la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad durante seis años respecto de sus hijos, por hechos cometidos en el año 2017, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, estimando que, atendiendo a las circunstancias de la condenada y al interés superior de los menores, de acuerdo a la información que obra en el citado expediente, concurren razones de justicia y equidad, a propuesta de la Ministra de Justicia, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 16 de noviembre de 2021,
Vengo en conmutar a doña Juana Rivas Gómez la pena privativa de libertad impuesta por otra de un año y tres meses de prisión, y la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad respecto de sus hijos por la pena de ciento ochenta días de trabajos en beneficio de la comunidad, a condición de que no cometa el mismo delito por el que fue condenada en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 16 de noviembre de 2021.
FELIPE R.
La Ministra de Justicia,
MARÍA PILAR LLOP CUENCA