Decreto-ley 23/2021, de 19 de octubre, de modificación del Decreto-ley 18/2021, de 27 de julio, sobre el incremento retributivo para el año 2021 y la recuperación parcial del importe de la paga extraordinaria del año 2014 para el personal del sector público de la Generalitat de Catalunya.
Comunidad Autónoma de Cataluña · 17 de noviembre de 2021
En pocas palabras
Modifica el Decreto-ley 18/2021 para que el personal del sector público de la Generalitat de Cataluña recupere en la nómina de noviembre de 2021 el 100% del importe de la paga extraordinaria que dejó de percibir en 2014, en lugar del 55% previsto inicialmente.
Qué cambia
El personal del sector público catalán, incluidos altos cargos y directivos, cobra en la nómina de noviembre de 2021 toda la cantidad que se le descontó en 2014, en vez de solo una parte.
- A quién afecta
- personal del sector público de la Generalitat de Catalunya · miembros del Gobierno de la Generalitat · altos cargos de la Generalitat · personal directivo del sector público catalán
- Cifras
- recuperación del 100% del importe dejado de percibir en 2014
- pago en la nómina de noviembre de 2021
- recuperación inicialmente prevista del 55% del importe de 2014
- Administración pública e instituciones
- Empleo y trabajo
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
EL PRESIDENTE DE LA GENERALITAT DE CATALUNYA
El artículo 67.6 a) del Estatuto de autonomía de Cataluña prevé que los decretos ley son promulgados, en nombre del Rey, por el Presidente o la Presidenta de la Generalitat.
De acuerdo con lo anterior, promulgo el siguiente Decreto-ley.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El artículo 33 de la Ley 1/2014, del 27 de enero, de presupuestos de la Generalitat de Catalunya para el 2014, estableció con carácter temporal una reducción retributiva en una cuantía equivalente al importe de una paga extraordinaria y, en su caso, de una paga adicional del complemento específico o equivalente. Asimismo, el artículo 28 del mismo texto legal extendió la medida de reducción retributiva a los miembros del Gobierno, altos cargos y otro personal directivo.
En el ejercicio 2019 se inició el proceso de recuperación de las cuantías equivalentes a las pagas extraordinarias que se dejaron de percibir en los ejercicios 2013 y 2014. Fruto de la necesidad de dar respuesta a las reiteradas mociones y resoluciones del Parlament de Catalunya, la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos de la Administración de la Generalitat ratificó el Acuerdo de 11 de diciembre de 2018 sobre el retorno de las cuantías equivalentes a las pagas extraordinarias que se dejaron de percibir en los ejercicios 2013 y 2014, en el cual se prevé, para el ejercicio 2021, la recuperación del 55% del importe que se dejó de percibir por este concepto en el ejercicio 2014. Este Acuerdo sindical fue ratificado mediante el Acuerdo del Gobierno del 25 de febrero de 2019.
Con el fin de hacer efectivo este retorno se aprobó el Decreto-ley 18/2021, de 27 de julio, sobre el incremento retributivo para el año 2021 y la recuperación parcial del importe de la paga extraordinaria del año 2014 para el personal del sector público de la Generalitat de Catalunya, que se tenía que hacer efectiva el último trimestre del año 2021.
El Acuerdo de 11 de diciembre de 2018 anteriormente mencionado preveía, en el acuerdo tercero, que durante la negociación del presupuesto correspondiente al ejercicio 2021 se analizaría la posibilidad de reducir a 3 años el plazo de retorno de estas pagas extraordinarias en función de la situación económica y presupuestaria del momento.
El año 2021 no ha sido posible aprobar un nuevo presupuesto y, por lo tanto, se ha tenido que prorrogar el del año 2020.
A pesar de la situación de las finanzas del 2021 y las perspectivas para el 2022, ha sido voluntad del Gobierno devolver lo antes posible los importes dejados de percibir por el personal de la Administración de la Generalitat y de su sector público. Y en este sentido se ha hecho un esfuerzo considerable por hacer efectivo el 100% de los importes dejados de percibir en el 2014 durante el ejercicio 2021.