Decreto-ley 20/2021, de 14 de septiembre, de modificación del Decreto-ley 41/2020, de 10 de noviembre, de medidas extraordinarias de carácter social en centros educativos y en el ámbito de la educación en el ocio y de las actividades extraescolares para hacer frente a las consecuencias de la COVID-19.
Comunidad Autónoma de Cataluña · 11 de noviembre de 2021
En pocas palabras
Modifica el Decreto-ley 41/2020 para que el Departamento de Salud comunique a la dirección de los centros educativos los datos de vacunación contra la COVID-19, además de los resultados de pruebas diagnósticas. La comunicación se hace mediante los sistemas de información establecidos.
Qué cambia
Las direcciones de los centros educativos de Cataluña reciben también los datos de vacunación del alumnado y del personal para aplicar los protocolos de gestión de casos de COVID-19. Deben mantener el deber de secreto y confidencialidad sobre esa información.
- A quién afecta
- direcciones de centros educativos · alumnado · personal docente · personal de administración y servicios · personal de atención educativa
- Cifras
- 180 días: periodo desde haber pasado la COVID-19 para no hacer cuarentena preventiva según el protocolo de gestión de casos
- 3 de septiembre de 2021: fecha de actualización del protocolo de gestión de casos COVID-19 en centros educativos
- Educación y universidades
- Sanidad y salud pública
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
EL PRESIDENTE DE LA GENERALITAT DE CATALUNYA
El artículo 67.6.a) del Estatuto prevé que los decretos leyes sean promulgados, en nombre del Rey, por el Presidente o la Presidenta de la Generalitat.
De acuerdo con lo anterior, promulgo el siguiente decreto ley.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Mediante el Decreto Ley 41/2020, de 10 de noviembre, de medidas extraordinarias de carácter social en centros educativos y en el ámbito de la educación en el ocio y de las actividades extraescolares para hacer frente a las consecuencias de la COVID-19, se estableció la comunicación de datos del Departamento de Salud a las direcciones de los centros educativos como medida del todo necesaria para hacer la gestión de la pandemia más ágil y diligente. No obstante, en el momento de establecerse esta comunicación de datos, únicamente, se hizo referencia al resultado de pruebas diagnósticas, puesto que la vacunación aún no estaba implementada.
En el momento actual, podemos afirmar que la comunicación de datos establecida en el Decreto Ley 41/2020, de 10 de noviembre, se ha convertido en una medida primordial para dar seguridad a toda la comunidad educativa e, indudablemente, ha hecho posible mantener las escuelas abiertas y seguras durante el curso escolar 2020-2021 y, por lo tanto, tiene que continuar para el próximo curso.
Ahora bien, el «Plan de actuación para el curso 2021-2022 para centros educativos en el marco de la pandemia por COVID-19», se hace eco que la campaña de vacunación y la evolución de los datos epidemiológicos abren un escenario diferente para el curso 2021-2022, si bien, mientras no se obtenga la inmunidad de grupo, hay que mantener medidas de protección y prevención para evitar nuevas olas, siendo esenciales, a estos efectos, los datos de vacunación que, actualmente, aún no están incluidos en el ámbito de colaboración entre el Departamento de Salud y los centros educativos que se produjo a raíz del citado Decreto Ley 41/2020, de 10 de noviembre.
La necesidad y urgencia para incorporar los datos de vacunación en el régimen de colaboración entre el Departamento de Salud y los centros educativos se pone de manifiesto en el hecho de que el protocolo de gestión de casos covid-19 en los centros educativos para el curso 2021-2022 (actualizado a 3 de septiembre de 2021) determina la realización de cuarentenas preventivas a los convivientes en edad escolar que pertenezcan a un grupo de convivencia estable de un centro educativo o de profesionales de la educación, siempre que hayan pasado la covid-19 en los últimos 180 días, o bien, no estén vacunados con pauta completa, resultando así imprescindible disponer de los datos de vacunación con la máxima urgencia, una vez iniciado el curso 2021-2022.
Por tanto, mientras sigamos en situación de riesgo motivada por la COVID-19, resulta urgente, visto que se ha iniciado el curso 2021-2022, ampliar el régimen actual de comunicación de datos previsto en el artículo 8.5 del Decreto ley 41/2020, de 10 de noviembre, con las referencias a datos de vacunación, con el objetivo de garantizar la efectividad del conjunto de medidas de prevención y protección de la salud en los centros del sistema educativo de Cataluña para hacer frente a la pandemia de la COVID-19.