Resolución de 18 de octubre de 2021, de la Dirección General de Sanidad de la Producción Agraria, por la que se modifican las partes A y B del anexo I de la Orden APA/1251/2020, de 21 de diciembre, por la que se establecen medidas específicas de protección en relación con la lengua azul.
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación · 23 de octubre de 2021
En pocas palabras
Modifica las zonas de restricción por lengua azul de los serotipos 1 y 4. Añade varias comarcas de Córdoba, Badajoz y Ciudad Real a la zona restringida por el serotipo 4, y cinco comarcas de Córdoba también a la del serotipo 1.
Qué cambia
Las explotaciones de ganado en las comarcas incluidas pasan a estar en zona restringida, con las medidas de vigilancia y control que ello conlleva para el movimiento de animales.
- A quién afecta
- ganaderos de ovino y bovino · explotaciones ganaderas de Córdoba · explotaciones ganaderas de Badajoz · explotaciones ganaderas de Ciudad Real · transportistas de animales vivos
- Cifras
- 2 nuevos focos del serotipo 4 detectados en la provincia de Ciudad Real
- 5 comarcas de Córdoba incluidas en la zona restringida del serotipo 1
- 3 comarcas de Badajoz incluidas en la zona restringida del serotipo 4
- 3 comarcas de Ciudad Real incluidas en la zona restringida del serotipo 4
- plazo de un mes para recurso de alzada
- Agricultura, pesca y alimentación
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Texto
De conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional primera de la Orden APA/1251/2020, de 21 de diciembre, por la que se establecen medidas específicas de protección en relación con la lengua azul, y de acuerdo con lo establecido en el Reglamento Delegado (UE) 2020/689 de la Comisión de 17 de diciembre de 2019, por el que se completa el Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo referente a las normas de vigilancia, los programas de erradicación y el estatus de libre de enfermedad con respecto a determinadas enfermedades de la lista y enfermedades emergentes, y en respuesta a la detección de 2 nuevos focos del serotipo 4 en la provincia de Ciudad Real, es necesario modificar las zonas de restricción establecidas en la Orden APA/1251/2020, de 21 de diciembre, incluyendo las comarcas de Peñarroya-Pueblonuevo, Hinojosa del Duque (Pedroches II), Pozoblanco (Pedroches I), Villanueva de Córdoba (Pedroches III) y Montoro (Alto del Guadalquivir), en la provincia de Córdoba; las comarcas de Don Benito, Castuera y Herrera del Duque, en la provincia de Badajoz; y las comarcas de Almadén, Almodóvar del Campo y Piedrabuena, en la provincia de Ciudad Real, en la zona de restricción frente al serotipo 4.
Asimismo, se procede a incluir las comarcas de Peñarroya-Pueblonuevo, Hinojosa del Duque (Pedroches II), Pozoblanco (Pedroches I), Villanueva de Córdoba (Pedroches III) y Montoro (Alto del Guadalquivir), como zona de restricción del serotipo 1, para alinearse con el resto de territorios en zona de restricción de la Comunidad Autónoma de Andalucía, permitiendo la aplicación en dicho territorio de un mismo programa de vigilancia, control y erradicación de la enfermedad.
Por lo tanto, se procede a modificar las partes A y B del anexo I de la Orden APA/1251/2020, de 21 de diciembre, quedando redactadas como sigue:
«Parte A: Zona restringida frente al serotipo 1 del virus de la lengua azul. Se considerará zona restringida frente al serotipo 1 del virus de la lengua azul los siguientes territorios: 1. En la Comunidad Autónoma de Andalucía: a) Provincias de Cádiz, Huelva, Sevilla y Málaga. b) En la provincia de Granada: la comarca veterinaria de Motril (Costa de Granada). c) En la provincia de Córdoba: las comarcas de Posada (Vega del Guadalquivir), Peñarroya-Pueblonuevo, Hinojosa del Duque (Pedroches II), Pozoblanco (Pedroches I), Villanueva de Córdoba (Pedroches III) y Montoro (Alto del Guadalquivir). Parte B: Zona restringida frente al serotipo 4 del virus de la lengua azul. Se considerará zona restringida frente al serotipo 4 del virus de la lengua azul los siguientes territorios: 1. En la Comunidad Autónoma de Andalucía: a) Provincias de Cádiz, Huelva, Sevilla y Málaga. b) En la provincia de Granada: la comarca veterinaria de Motril (Costa de Granada). c) En la provincia de Córdoba: la comarca de Posadas (Vega del Guadalquivir), Peñarroya-Pueblonuevo, Hinojosa del Duque (Pedroches II), Pozoblanco (Pedroches I), Villanueva de Córdoba (Pedroches III) y Montoro (Alto del Guadalquivir). 2) La Comunidad Autónoma de Islas Baleares. 3) En la Comunidad Autónoma de Extremadura: Provincia de Badajoz. 4) En la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: en la provincia de Ciudad Real, las comarcas de Almadén, Almodóvar del Campo y Piedrabuena».