Cuestión interna de inconstitucionalidad n.º 5908-2021, en relación con el inciso "cuando el domicilio social de la entidad de crédito se encuentre en Canarias" del artículo 41.9.2.a) de la Ley 4/2012, de 25 de junio, de medidas administrativas y fiscales de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Tribunal Constitucional · 16 de octubre de 2021
En pocas palabras
El Tribunal Constitucional admite a trámite una cuestión interna de inconstitucionalidad sobre un inciso de la Ley 4/2012 de Canarias, que se refiere al domicilio social de las entidades de crédito. Las partes en el recurso de amparo relacionado pueden personarse en el plazo de quince días.
Qué cambia
Abre un procedimiento para decidir si ese inciso de la ley canaria es conforme a la Constitución. Afecta a las partes del recurso de amparo, que pueden presentarse ante el Tribunal en quince días.
- A quién afecta
- partes en el recurso de amparo 946-2019 · entidades de crédito con domicilio social en Canarias
- Cifras
- plazo para personarse: 15 días desde la publicación en el BOE
- Justicia
- Impuestos y cuentas públicas
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 7 de octubre de 2021, ha acordado admitir a trámite la cuestión interna de inconstitucionalidad número 5908-2021 planteada por el Pleno del Tribunal Constitucional, en el recurso de amparo avocado núm. 946-2019, en relación con el inciso «cuando el domicilio social de la entidad de crédito se encuentre en Canarias» del artículo 41.9.2.a) de la Ley 4/2012, de 25 de junio, de medidas administrativas y fiscales de la Comunidad Autónoma de Canarias.
De conformidad con lo establecido en el artículo 37.2 LOTC, quienes sean parte en el recurso de amparo avocado núm. 946-2019, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 7 de octubre de 2021.–El Secretario de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Alfonso Pérez Camino.