Recurso de inconstitucionalidad n.º 5305-2021, contra el artículo 15 (Capítulo VI) y el punto 6.º de la disposición final primera del Real Decreto-ley 8/2021, de 4 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes en el orden sanitario, social y jurisdiccional, a aplicar tras la finalización del estado de alarma declarado por el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre.
Tribunal Constitucional · 15 de octubre de 2021
En pocas palabras
El Tribunal Constitucional admite a trámite un recurso de inconstitucionalidad contra el artículo 15 y el punto 6.º de la disposición final primera del Real Decreto-ley 8/2021, que recogía medidas urgentes sanitarias, sociales y jurisdiccionales tras el estado de alarma. El recurso lo presentan más de cincuenta diputados.
Qué cambia
El Tribunal Constitucional revisará si esas partes del Real Decreto-ley 8/2021 se ajustan a la Constitución. Mientras se resuelve, las normas siguen en vigor salvo que el tribunal decida suspenderlas.
- A quién afecta
- diputados del Congreso · personas afectadas por las medidas sanitarias, sociales y jurisdiccionales del Real Decreto-ley 8/2021
- Cifras
- más de 50 diputados promotores del recurso
- recurso de inconstitucionalidad número 5305-2021
- providencia del Pleno de 7 de octubre de 2021
- publicación el 15 de octubre de 2021
- Justicia
- Administración pública e instituciones
- Sanidad y salud pública
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 7 de octubre de 2021, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 5305-2021, promovido por más de cincuenta diputados del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, contra el artículo 15 (Capítulo VI) y el punto 6.º de la disposición final primera del Real Decreto-ley 8/2021, de 4 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes en el orden sanitario, social y jurisdiccional, a aplicar tras la finalización del estado de alarma declarado por el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre.
Madrid, 7 de octubre de 2021.–El Secretario de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Alfonso Pérez Camino.