Recurso de inconstitucionalidad n.º 4203-2021, contra los artículos 1, 6 a 18, disposiciones adicionales 1.ª a 4.ª, disposición transitoria 1.ª y disposición final 4.ª, letra b, de la Ley del Parlamento de Cataluña 11/2020, de 18 de septiembre, de medidas urgentes en materia de contención de rentas en los contratos de arrendamiento de vivienda y de modificación de la Ley 18/2007, de la Ley 24/2015 y de la Ley 4/2016, relativas a la protección del derecho a la vivienda.
Tribunal Constitucional · 15 de octubre de 2021
En pocas palabras
El Tribunal Constitucional admite a trámite un recurso de inconstitucionalidad contra varios artículos y disposiciones de la Ley del Parlamento de Cataluña 11/2020, que regula la contención de rentas en los contratos de alquiler de vivienda y modifica otras leyes de vivienda.
Qué cambia
El recurso queda admitido y el Tribunal Constitucional examinará si los preceptos impugnados se ajustan a la Constitución. Mientras se resuelve, la ley sigue en vigor salvo que el Tribunal acuerde su suspensión.
- A quién afecta
- inquilinos · propietarios de viviendas en alquiler · Parlamento de Cataluña · Gobierno de España
- Cifras
- recurso de inconstitucionalidad número 4203-2021
- providencia de 7 de octubre de 2021
- fecha de publicación: 15 de octubre de 2021
- Vivienda y urbanismo
- Justicia
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 7 de octubre de 2021, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 4203-2021, promovido por el abogado del Estado, en nombre del presidente del Gobierno, contra los artículos 1, 6 a 18, disposiciones adicionales 1.ª a 4.ª, disposición transitoria 1.ª y disposición final 4.ª, letra b, de la Ley del Parlamento de Cataluña 11/2020, de 18 de septiembre, de medidas urgentes en materia de contención de rentas en los contratos de arrendamiento de vivienda y de modificación de la Ley 18/2007, de la Ley 24/2015 y de la Ley 4/2016, relativas a la protección del derecho a la vivienda.
Madrid, 7 de octubre de 2021.–El Secretario de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Alfonso Pérez Camino.