Sentencia de 7 de julio de 2021, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que estima parcialmente el recurso interpuesto por la mercantil Enel Green Power España, S.L.U., contra la Orden TED/668/2020, de 17 de julio, por la que se establecen los parámetros retributivos para el período comprendido entre el 1 de octubre de 2018 y el 30 de junio de 2019 como consecuencia de la disposición adicional octava de Real Decreto-ley 15/2018, de 5 de octubre, y por la que se revisan los valores de la retribución a la operación correspondientes al primer semestre natural del año 2019.
Tribunal Supremo · 12 de octubre de 2021
En pocas palabras
El Tribunal Supremo estima en parte el recurso de Enel Green Power España contra la Orden TED/668/2020, que fijaba parámetros retributivos de energías renovables entre octubre de 2018 y junio de 2019. Anula la Orden en lo relativo al coeficiente de apuntamiento por tecnologías y ordena dictar otra que aplique ese coeficiente.
Qué cambia
La empresa recurrente tendrá derecho a una indemnización por la diferencia entre la retribución recibida y la que le correspondía con el coeficiente de apuntamiento. La CNMC calculará esa cantidad y se aplicará el interés legal.
- A quién afecta
- Enel Green Power España, S.L.U. · Empresas de energías renovables afectadas por la Orden TED/668/2020 · Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC)
- Energía
- Justicia
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
En el recurso contencioso-administrativo número 1/199/2020, interpuesto por la mercantil Enel Green Power España, S.L.U., contra la Orden TED/668/2020, de 17 de julio, por la que se establecen los parámetros retributivos para el período comprendido entre el 1 de octubre de 2018 y el 30 de junio de 2019 como consecuencia de la disposición adicional octava de Real Decreto-Ley 15/2018, de 5 de octubre, y por la que se revisan los valores de la retribución a la operación correspondientes al primer semestre natural del año 2019, la Sala Tercera (Sección Tercera) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia con fecha 7 de julio de 2021, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
FALLO
Por todo lo expuesto, en nombre del Rey y por la autoridad que le confiere la Constitución, esta Sala ha decidido:
Que debemos Estimar en parte el recurso interpuesto por doña María del Rosario Victoria Bolivar, actuando en nombre y representación de la sociedad «ENEL GREEN POWER ESPAÑA S.L.U», contra la Orden TED/668/2020, de 17 de julio, anulando esta Orden en cuanto no toma en consideración el coeficiente de apuntamiento por tecnologías para realizar el ajuste pretendido, debiendo dictarse otra Orden en la que se calcule el ajuste utilizando dicho coeficiente.
Así mismo se reconoce el derecho de la recurrente a ser indemnizada por la diferencia resultante entre la retribución le correspondería sin aplicar y tras haber aplicado el coeficiente de apuntamiento, cantidad que será calculada por la CNMC y a la que se le aplicará el interés legal desde que se les aplicó el cálculo de la retribución sin el coeficiente de apuntamiento.
No hacer expresa condena en costas.
Notifíquese esta resolución a las partes e insértese en la colección legislativa.
Así se acuerda y firma.–Eduardo Espín Templado.–José Manuel Bandrés Sánchez-Cruzat.–Eduardo Calvo Rojas.–María Isabel Perelló Doménech.–José María del Riego Valledor.–Diego Córdoba Castroverde.–Firmado.