Auto de 28 de septiembre de 2021, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que declara suspender cautelarmente los puntos 2 ("Cuerpos extraños intraoculares") y 10 ("No se admitirán lentes fáquicas") del Apartado I ("Aparato de la visión") del Anexo del Real Decreto 326/2021.
Tribunal Supremo · 4 de octubre de 2021
En pocas palabras
El Tribunal Supremo suspende de forma cautelar dos puntos del anexo del Real Decreto 326/2021, que fija el cuadro médico de exclusiones para entrar en la Policía Nacional. Los puntos suspendidos son el 2, sobre cuerpos extraños intraoculares, y el 10, que no admitía lentes fáquicas. La suspensión se mantiene mientras se resuelve el recurso.
Qué cambia
Mientras dure la suspensión, esos dos puntos no se aplican en los reconocimientos médicos de acceso a la Policía Nacional. Afecta a las personas aspirantes que tengan cuerpos extraños intraoculares o lentes fáquicas.
- A quién afecta
- aspirantes a ingresar en la Policía Nacional · personas con lentes fáquicas · personas con cuerpos extraños intraoculares
- Seguridad y emergencias
- Justicia
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
En la pieza de medidas cautelares del recurso contencioso-administrativo núm. 244/2021, interpuesta por la representación procesal de don Jesús Aliagas Ruiz y otros contra el Real Decreto 326/2021, de 11 de mayo, por el que se aprueba el cuadro médico de exclusiones para el ingreso en la Policía Nacional (BOE núm. 113, de 12 de mayo), en lo que se refiere a las causas de exclusión fijadas en el anexo, apartado I, Aparato de la Visión puntos 2 y 10, la Sala Tercera (Sección Cuarta) del Tribunal Supremo ha dictado auto con fecha 28 de septiembre de 2021 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
«LA SALA ACUERDA
Primero.
Suspender cautelarmente los puntos 2 (''Cuerpos extraños intraoculares'') y 10 (''No se admitirán lentes fáquicas'') del Apartado I (''Aparato de la visión'') del anexo del Real Decreto 326/2021, sin costas.
Segundo.
Ordenar la publicación de este auto en el ''Boletín Oficial del Estado''.»
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.–Pablo Lucas Murillo de la Cueva.–Celsa Pico Lorenzo.–Luis María Díez-Picazo Giménez.–María del Pilar Teso Gamella.–Antonio Jesús Fonseca-Herrero Raimundo.–José Luis Requero Ibáñez.–Firmado.