Orden CUD/1024/2021, de 22 de septiembre, por la que se establece la obligatoriedad de comunicaciones y notificaciones por medios electrónicos en determinados procedimientos de concesión de subvenciones gestionados desde la Dirección General del Libro y Fomento de la Lectura.
Ministerio de Cultura y Deporte · 29 de septiembre de 2021
En pocas palabras
Establece que las comunicaciones y notificaciones en ciertos procedimientos de subvenciones gestionados por la Dirección General del Libro y Fomento de la Lectura se harán por medios electrónicos. Regula cómo son esas comunicaciones, la identificación y firma, el punto de acceso y qué pasa si alguien no usa los medios electrónicos al presentar la solicitud.
Qué cambia
Quienes soliciten estas ayudas al libro deberán relacionarse con la Administración por vía electrónica en esos procedimientos, en lugar de hacerlo en papel.
- A quién afecta
- empresas privadas solicitantes de ayudas al libro · trabajadores autónomos del sector del libro · personas jurídicas del sector editorial y librero
- Cultura y deporte
- Administración pública e instituciones
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
Con la entrada en vigor de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se buscaba sistematizar toda la regulación relativa al procedimiento administrativo y profundizar en la agilización de los procedimientos con un pleno funcionamiento electrónico.
En este sentido, y tal y como señala la norma, en el entorno actual la tramitación electrónica no puede ser todavía una forma especial de gestión de los procedimientos, sino que debe constituir la actuación habitual de las Administraciones, de manera que no sólo sirve mejor a los principios de eficacia y eficiencia, al ahorrar costes a ciudadanos y empresas, sino que también refuerza las garantías de los interesados. En efecto, la constancia de documentos y actuaciones en archivos electrónicos facilita el cumplimiento de la obligación de transparencia, pues permite ofrecer información puntual, ágil y actualizada a los interesados.
Asimismo, el desarrollo de las tecnologías de la información y comunicación también ha venido afectando profundamente a la forma y al contenido de las relaciones de la Administración con los ciudadanos y las empresas, relaciones en las cuales cobra una creciente importancia el uso de los medios y sistemas electrónicos.
De este modo, y de acuerdo con el artículo 14.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, las personas físicas podrán elegir en todo momento si se comunican con las Administraciones Públicas para el ejercicio de sus derechos y obligaciones a través de medios electrónicos o no, salvo que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas.
De otro lado, el artículo 14.3 de la citada ley habilita para que reglamentariamente las Administraciones establezcan la obligación de relacionarse con ellas a través de medios electrónicos para determinados procedimientos y ciertos colectivos de personas físicas que, por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios.
El Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, aprobado por Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, establece en su artículo 3 el derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas en los mismos términos en los que habían sido definidos por la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
El Ministerio de Cultura y Deporte, a través de la Dirección General del Libro y Fomento de la Lectura, convoca cada año diversas líneas de ayudas destinadas a empresas privadas, abarcando con este término tanto a personas jurídicas como a personas físicas (trabajadores autónomos). El objetivo que se persigue con las citadas líneas de ayudas es apoyar los distintos eslabones de la cadena del libro, desde la edición de libros y revistas culturales, hasta la modernización del sector librero, pasando por el reconocimiento de la excelencia en la edición de los libros y la promoción de traducciones de libros entre lenguas del Estado para su posterior publicación.