Cuestión de inconstitucionalidad n.º 3523-2021, en relación con el inciso "y su aprobación corresponderá, en todo caso, al órgano de representación municipal" del artículo 74.2 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía.
Tribunal Constitucional · 22 de septiembre de 2021
En pocas palabras
El Tribunal Constitucional admite a trámite una cuestión de inconstitucionalidad sobre un inciso del artículo 74.2 de la Ley de autonomía local de Andalucía, que atribuye al órgano de representación municipal la aprobación de algo. El Tribunal Supremo plantea la duda por posible vulneración del artículo 149.1.18 de la Constitución.
Qué cambia
El Tribunal Constitucional decidirá si ese inciso es válido. Hasta entonces, la norma sigue en vigor. Las partes del recurso pueden personarse en el proceso.
- A quién afecta
- Ayuntamientos de Andalucía · órganos de representación municipal · partes del recurso de casación 7312-2018
- Cifras
- plazo para personarse: 15 días desde la publicación en el BOE
- Administración pública e instituciones
- Justicia
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 16 de septiembre de 2021, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 3523-2021 planteada por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo, en el recurso de casación núm. 7312-2018, en relación con el inciso «y su aprobación corresponderá, en todo caso, al órgano de representación municipal» del artículo 74.2 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía, por posible infracción del art. 149.1.18 CE, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 c) LOTC, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.
De conformidad con lo establecido en el artículo 37.2 LOTC, quienes sean parte en el recurso núm. 7312-2018, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 16 de septiembre de 2021.–El Secretario de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Alfonso Pérez Camino.