Resolución de 15 de enero de 2021, de la Secretaría General de Pesca, por la que se establecen disposiciones adicionales de ordenación de la pesquería de la caballa (Scomber scombrus) de las zonas VIIIc y IXa para los buques de la flota de otras artes distintas al arrastre y cerco con puerto base en las provincias de Guipúzcoa y Vizcaya.
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación · 1 de febrero de 2021
En pocas palabras
Fija el inicio de la pesca dirigida de caballa para 2021 el 18 de enero y asigna una cuota provisional total de 2.612.023 kg a los barcos de otras artes distintas de arrastre y cerco con base en Guipúzcoa y Vizcaya. La medida se aplica hasta el 31 de diciembre salvo cierre anticipado.
Qué cambia
Los barcos de esas dos provincias pueden empezar a pescar caballa de forma dirigida desde el 18 de enero y repartirse la cuota provisional fijada. La cuota es provisional porque depende de las negociaciones pesqueras con el Reino Unido.
- A quién afecta
- barcos de otras artes distintas de arrastre y cerco con puerto base en Guipúzcoa · barcos de otras artes distintas de arrastre y cerco con puerto base en Vizcaya · cofradías de pescadores de Guipúzcoa y Vizcaya
- Cifras
- cuota provisional de caballa para 2021: 2.612.023 kg
- inicio de la pesca dirigida: 18 de enero de 2021 a las 00:00 horas
- fin de aplicación: 31 de diciembre de 2021 salvo cierre anticipado
- asignación provisional en el Consejo de Ministros de la UE: 65% de la cuota de 2020 para el primer trimestre de 2021
- plazo para recurso de alzada: un mes
- Agricultura, pesca y alimentación
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
La Orden AAA/2534/2015, de 17 de noviembre, que establece un Plan de gestión para los buques de los censos del Caladero Nacional del Cantábrico y Noroeste, determina en su artículo 2 apartado 9, artículo 6 y artículo 7 apartado 4, que la cuota de caballa para los barcos de otros artes distintos de arrastre y cerco se reparte por provincias, tiene una gestión conjunta para los barcos de cada provincia y con control anual. Asimismo el apartado 7 del artículo 2, determina que el inicio de la pesquería para los barcos de otros artes distintos de arrastre y cerco se establecerá por Resolución de la Secretaría General de Pesca. El artículo 10 de la citada Orden faculta a la Secretaría General de Pesca a establecer, oído el sector, topes de capturas y desembarques diarios o semanales, cuya cantidad se determinará mediante Resolución de la Secretaría General.
La Orden APA/315/2020, de 1 de abril, por la que se establecen criterios de gestión de las posibilidades de pesca asignadas al Reino de España y se modifican determinadas órdenes ministeriales que regulan la actividad pesquera de las flotas que hacen uso de las mismas, modificó entre otras la Orden AAA/2534/2015.
En concreto el artículo 2 apartado 7 fue modificado para matizar que el inicio de la pesquería dirigida de caballa, para la modalidad de otras artes distintas de arrastre y cerco y para las distintas provincias, es la que se establecerá cada año, oído el sector, mediante Resolución de la Secretaría General del Pesca. En dicha Resolución se establecerá una cantidad destinada a captura dirigida y otra destinada a captura accesoria, dentro del total provincial.
Con motivo de la salida del Reino Unido de la Unión Europea, en el momento de la celebración del Consejo de Ministros de pesca de la Unión los pasados 15 y 16 de diciembre, que asignó las posibilidades de pesca para determinados stocks y grupos de stocks en aguas de la Unión Europea, para las flotas de la Unión, las negociaciones con el Reino Unido en materia de pesca aún no habían concluido.
Por tal motivo, la decisión adoptada en dicho Consejo de Ministros para algunos stocks, sujetos a una fuerte estacionalidad de la pesquería fue la de asignar de manera provisional, para el primer trimestre de 2021, un 65% de la cuota de 2020. Este es el caso del stock MAC/8C3411.
En virtud de lo anterior, la Secretaria General de Pesca, a propuesta de las Federaciones de Cofradías de Pescadores de Guipúzcoa y Vizcaya, para los buques de la modalidad de otras artes distintas al arrastre y cerco con puerto base en las provincias de Guipúzcoa y Vizcaya, y oído el sector afectado, resuelve lo siguiente:
Primero.
Establecer el inicio de la pesquería dirigida para la campaña de 2021 a las 00:00 horas del día 18 de enero de 2021.