Resolución de 16 de junio de 2021, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se designan autoridades para la expedición de guías de pertenencia de armas de fuego.
Ministerio del Interior · 16 de julio de 2021
En pocas palabras
Designa qué mandos de la Guardia Civil expiden las guías de pertenencia de armas de fuego particulares del personal de la Guardia Civil, de Vigilancia Aduanera y de las policías autonómicas y locales. La guía de pertenencia es el documento que acredita cada arma.
Qué cambia
El personal de las Jefaturas de Unidades Especiales y de Reserva, de Enseñanza y de la Agrupación de Tráfico deja de expedir estas guías; pasan a tramitarlas las Zonas, que tienen un órgano especializado en armas y explosivos.
- A quién afecta
- personal de la Guardia Civil · personal de la Dirección Adjunta de Vigilancia Aduanera · personal de los Cuerpos de Policía Autonómica · personal de los Cuerpos de Policía Local · oficiales generales y jefes de Zona o Comandancia de la Guardia Civil
- Cifras
- entrada en vigor: a los 20 días de su publicación en el BOE
- Seguridad y emergencias
- Administración pública e instituciones
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
El artículo 88 del Reglamento de Armas, aprobado por Real Decreto 137/1993, exige que para la tenencia de armas de ciertas categorías, cada arma deberá estar documentada con su correspondiente guía de pertenencia.
El artículo 115.1 del mismo Reglamento establece que la Dirección General de la Guardia Civil designará a las autoridades que deben expedir las guías de pertenencia de las armas que posea el personal de la Guardia Civil, de la Dirección Adjunta de Vigilancia Aduanera y de los Cuerpos de Policía Autonómica y de las Corporaciones Locales.
Por otra parte, en 2017 se creó la Jefatura de Armas, Explosivos y Seguridad, en la estructura de esta Dirección General, con competencias para planificar, organizar, inspeccionar y controlar las actividades que la normativa sobre las citadas materias encomienda a dicho Cuerpo.
Las Jefaturas de las Unidades Especiales y de Reserva, de Enseñanza y de la Agrupación de Tráfico están expidiendo las guías de pertenencia de las armas particulares del personal destinado en Unidades y Centros dependientes de ellas orgánicamente, sin que exista personal especializado en Intervención de Armas y Explosivos, efectuando la gestión de los procedimientos el personal administrativo de tales Jefaturas.
El citado Reglamento ha sufrido una modificación en 2019 que ha conllevado una reducción de la carga de trabajo de las Intervenciones de Armas y Explosivos de las Zonas de la Guardia Civil, órgano especializado en la gestión de esta materia.
La necesaria redistribución de la carga de trabajo y el ejercicio de cometidos relacionados con la Especialidad de Armas y Explosivos en Jefaturas que nada tienen que ver con ella aconsejan que desaparezcan estos cometidos en las Jefaturas de Unidades Especiales y de Reserva, de la Agrupación de Tráfico y de Enseñanza, asignándoselos a las Zonas que disponen de un órgano especializado.
En consecuencia con todo lo anterior, a propuesta de la Jefatura de Armas, Explosivos y Seguridad, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 115.1 del Reglamento de Armas, se designan a las siguientes autoridades para ejercer las competencias que se citan:
1. El Director Adjunto Operativo de la Guardia Civil.
1) La expedición de las guías de pertenencia de las armas particulares de los Oficiales Generales y de los Jefes de Zonas/Comandancia de la Guardia Civil.
2. El Jefe de la Intervención Central de Armas y Explosivos de la Guardia Civil.
1) La expedición de las guías de pertenencia de las armas particulares del personal de la Guardia Civil destinado en los órganos centrales de la Dirección General, salvo lo dispuesto en el punto 1.1.