Orden AUC/673/2021, de 21 de junio, por la que se crea el Viceconsulado Honorario de España en Sal Rei, en la República de Cabo Verde.
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación · 29 de junio de 2021
En pocas palabras
Crea el Viceconsulado Honorario de España en Sal Rei, en la isla de Boavista (Cabo Verde), con jurisdicción en esa isla. El nuevo viceconsulado depende de la Embajada de España en Praia.
Qué cambia
Los residentes y turistas españoles en la isla de Boavista podrán recibir servicios consulares y asistencia consular básica más cerca, sin depender solo de la Embajada en Praia. No supone aumento del gasto de personal.
- A quién afecta
- residentes españoles en la isla de Boavista · turistas españoles en la isla de Boavista · Embajada de España en Praia · Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
- Política exterior y Unión Europea
- Administración pública e instituciones
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Texto
Boavista es la tercera isla de mayor extensión del archipiélago de Cabo Verde con una notable presencia de residentes y turistas españoles. La insularidad de Cabo Verde limita la capacidad de la Sección Consular de la Embajada de España en Praia de prestar con inmediatez los servicios consulares y la asistencia consular básica en todas las islas del archipiélago. Estas razones, junto con la posibilidad de aumentar la presencia y los lazos de España en el país, sustentan la decisión de abrir un Viceconsulado Honorario en la ciudad de Sal Rei, capital de la isla de Boavista, en la República de Cabo Verde.
Por ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.1 de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado, en relación con el Reglamento de los Agentes Consulares Honorarios de España en el extranjero, aprobado por Real Decreto 1390/2007, de 29 de octubre, a iniciativa de la Dirección General del Servicio Exterior, de conformidad con la propuesta formulada por la Embajada de España en Praia, en la República de Cabo Verde, con el informe favorable de la Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares, y de la Dirección General para África, dispongo:
Artículo 1. Creación y jurisdicción.
Se crea el Viceconsulado Honorario de España en Sal Rei con jurisdicción en la isla de Boavista.
Artículo 2. Dependencia.
El Viceconsulado Honorario de España en Sal Rei dependerá de la Embajada de España en Praia.
Disposición adicional única. No incremento del gasto de personal.
La creación del Viceconsulado Honorario no supondrá incremento alguno del gasto de personal, de conformidad con lo establecido en el apartado uno de la disposición adicional trigésima cuarta de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021. Su funcionamiento se atenderá con los medios materiales y personales de que dispone actualmente el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 21 de junio de 2021.–La Ministra de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, María Aránzazu González Laya.