Orden DEF/666/2021, de 3 de junio, por la que se establecen las Comandancias Militares Aéreas de Aeropuerto y se fijan sus dependencias.
Ministerio de Defensa · 26 de junio de 2021
En pocas palabras
Establece las Comandancias Militares Aéreas de Aeropuerto y fija de qué mando del Ejército del Aire depende cada una. Incluye los aeropuertos de Ciudad Real, Castellón-Costa Azahar y Andorra-La Seu y deroga la orden anterior de 2019.
Qué cambia
Cambia la lista de comandancias y su encuadramiento: añade tres aeropuertos y sustituye la Orden DEF/499/2019. Afecta a la organización del Ejército del Aire en los aeropuertos civiles.
- A quién afecta
- Ejército del Aire · Comandancias Militares Aéreas de Aeropuerto · Aeropuertos públicos civiles · Ministerio de Defensa
- Cifras
- entrada en vigor: 20 días tras su publicación en el BOE
- Comandancias dependientes del Mando Aéreo General: 19
- Comandancias dependientes del Mando Aéreo de Canarias: 3
- Defensa
- Transporte e infraestructuras
- Administración pública e instituciones
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
El Real Decreto 3185/1978, de 29 de diciembre, por el que se desarrolla el Real Decreto-Ley 12/1978, de 27 de abril, sobre fijación y delimitación de facultades entre los Ministerios de Defensa y de Transportes y Comunicaciones en materia de aviación, dispone, entre otros aspectos, que para representar los intereses de la defensa nacional o de la aviación militar en los aeropuertos y aeródromos públicos civiles, se establezca en cada aeropuerto o conjunto de ellos, que correspondan a una misma demarcación, una Comandancia Militar Aérea, siendo competencia del Ministerio de Defensa, a propuesta del Ejército del Aire, la fijación y posterior modificación de su estructura y encuadramiento orgánico de las mismas, con arreglo a su artículo 4, apartado 2.
También se dispone que el Comandante de una base aérea, cuyas pistas y servicios sean utilizados por un aeropuerto público civil, ejercerá, además de las funciones y misiones que como tal Jefe de base aérea le corresponden, las atribuidas a los Comandantes Militares Aéreos de Aeropuerto.
Con posterioridad, y en aplicación de lo establecido en el artículo 4.2 del citado Real Decreto 3185/1978, de 29 de diciembre, se aprobaron sucesivas órdenes ministeriales que establecían las Comandancias Militares Aéreas de Aeropuerto y se fijaban sus dependencias.
En este mismo sentido, el artículo 53 del Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, modifica determinados artículos de la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea, estableciéndose un nuevo artículo 4 bis, cuyo apartado 2 determina que «en cada aeropuerto y aeródromo público civil o conjunto de ellos que correspondan a una misma demarcación, se establecerá una Comandancia Militar Aérea para representar los intereses de la defensa nacional y de la aviación militar, cuyo Comandante ejercerá competencias propias del Ministerio de Defensa». En la actualidad, las Comandancias Militares Aéreas de Aeropuerto están establecidas y fijadas sus dependencias por la Orden DEF/499/2019, de 15 de abril.
La apertura al tráfico del nuevo Aeropuerto de Ciudad Real hace necesario proceder a modificar la relación de las Comandancias Militares Aéreas de Aeropuerto y, además, incluir en ella a los aeropuertos de Castellón-Costa Azahar y Andorra-La Seu.
En su virtud, a propuesta del Jefe de Estado Mayor del Ejército del Aire, dispongo:
Artículo Único. Comandancias Militares Aéreas de Aeropuerto.
Bajo la dependencia orgánica de los Mandos Aéreos del Ejército del Aire que para cada una se indican, se establecen las Comandancias Militares Aéreas de Aeropuerto (CMAA) que a continuación se relacionan: