Orden SND/661/2021, de 24 de junio, por la que se crean y se establece el régimen jurídico de las Comisiones de Garantía y Evaluación de la Ciudad de Ceuta y de la Ciudad de Melilla, previstas en la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia.
Ministerio de Sanidad · 25 de junio de 2021
En pocas palabras
Crea las Comisiones de Garantía y Evaluación de la ayuda para morir en Ceuta y Melilla, y regula su composición, funciones y forma de funcionar. Estas comisiones revisan y garantizan el procedimiento previsto en la Ley Orgánica 3/2021, de regulación de la eutanasia.
Qué cambia
Las personas que soliciten la prestación de ayuda para morir en Ceuta o Melilla contarán con una comisión que revisa y garantiza el proceso. La orden fija cómo se organiza y actúa esa comisión en cada ciudad.
- A quién afecta
- personas que solicitan la prestación de ayuda para morir en Ceuta y Melilla · profesionales sanitarios que intervienen en el procedimiento · miembros de las Comisiones de Garantía y Evaluación de Ceuta y Melilla · servicios públicos de salud de Ceuta y Melilla
- Cifras
- plazo máximo para constituir las comisiones: tres meses desde la entrada en vigor del artículo 17 de la Ley Orgánica 3/2021
- Sanidad y salud pública
- Derechos y libertades
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
La Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia, tiene por objeto regular el derecho que corresponde a toda persona que cumpla las condiciones exigidas a solicitar y recibir la ayuda necesaria para morir, el procedimiento que ha de seguirse y las garantías que han de observarse.
El artículo 13 de la citada norma incluye en la cartera común de servicios del Sistema Nacional de la Salud la prestación de ayuda para morir, garantizando el derecho a dicha prestación a través de los servicios públicos de salud, los cuales aplicarán las medidas precisas para ello.
Por otro lado, el artículo 17 regula la creación y composición de las Comisiones de Garantía y Evaluación que deberán existir en todas las comunidades autónomas y en las ciudades de Ceuta y Melilla. Estas comisiones deberán constituirse en el plazo máximo de tres meses desde la entrada vigor de dicho precepto que, según la disposición final cuarta de la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, será al día siguiente al de la publicación de la Ley Orgánica en el «Boletín Oficial del Estado», siendo el Ministerio de Sanidad quien cree las comisiones para cada una de las ciudades y determine sus regímenes jurídicos.
De conformidad con lo establecido en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, esta orden se adecua a los principios de buena regulación puesto que, en primer lugar, se trata de una iniciativa normativa justificada por una razón de interés general, con un fin claramente identificado en una norma previa y superior, que expresamente la prevé como instrumento para garantizar su consecución. De esta manera, la norma cumple con los principios de necesidad y eficacia.
Del mismo modo, contiene la regulación imprescindible para lograr su objetivo, por lo que se trata de una regulación acorde a principio de proporcionalidad, y resulta coherente con el resto del ordenamiento jurídico, lo que también le hace adecuarse al principio de seguridad jurídica.
Por último, debe destacarse que la presente orden responde a los principios de transparencia y eficiencia, al establecer claramente y sin ninguna carga administrativa añadida su objetivo, que no es otro que el de garantizar el ejercicio de la prestación de ayuda para morir.
La presente orden se dicta en virtud de lo establecido en el artículo 17 de la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo.
En su virtud, con la aprobación previa del Ministro de Política Territorial y Función Pública y de acuerdo con el Consejo de Estado, dispongo:
Artículo 1. Objeto.
La presente orden tiene por objeto la creación de las Comisiones de Garantía y Evaluación para el Derecho a la Prestación de Ayuda para Morir en las ciudades de Ceuta y Melilla, así como la regulación de su régimen jurídico, composición, funciones y régimen de funcionamiento.