Resolución de 21 de julio de 2020, de la Secretaría General de Pesca, por la que se modifica la de 29 de mayo del 2020, por la que se publican las cuotas de sardina ibérica (Sardina pilchardus) que se pesca en aguas ibéricas de la zona CIEM VIIIc y IXa para los buques del censo de cerco del Golfo de Cádiz durante el año 2020.
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación · 30 de julio de 2020
En pocas palabras
Publica el censo de buques de cerco del Golfo de Cádiz autorizados a pescar sardina ibérica en 2020 y la cuota asignada a cada uno, del 1 de mayo al 31 de octubre. La cuota total incluye lo ya repartido más el aumento tras la reevaluación del estado del stock.
Qué cambia
Cada barco del censo conoce los kilos de sardina que puede capturar y debe dejar de pescar al agotar su cuota o, como máximo, el 31 de octubre. Si supera su cuota, el exceso se descuenta de la del año siguiente.
- A quién afecta
- buques de cerco censados en el Golfo de Cádiz · armadores y tripulaciones de esos buques · asociaciones y grupos de armadores de cerco del Golfo de Cádiz
- Cifras
- cuota total de sardina para la flota del Golfo de Cádiz en 2020: 2.494.407 kilos
- fin previsto de la pesquería: 31 de octubre
- cuota total 2020 del barco Abuelita Dori: 185.600 kilos
- cuota total 2020 del barco Cabaco: 105.533 kilos
- cuota total 2020 del barco Pesquero Benamahoma: 2 kilos
- Agricultura, pesca y alimentación
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
Esta Resolución se dicta en cumplimiento de lo previsto en la Orden APM/453/2018, de 25 de abril, por la que se modifica la Orden AAA/1406/2016, de 18 de agosto, por la que se establece un plan de gestión para los buques de los censos del caladero nacional del Golfo de Cádiz, en la que se incluye un nuevo apartado 5 en el artículo 2, por el que se asignan los porcentajes de posibilidades de pesca de sardina ibérica de la zona CIEM 8c y 9a asignadas a la modalidad de cerco. De este modo cada barco es responsable de gestionar su propia cuota, administrándola y usándola en el momento que le parezca más oportuno de acuerdo a la planificación empresarial de la actividad.
La Resolución de 29 de mayo del 2020, de la Secretaría General de Pesca, publica las cuotas de sardina ibérica (Sardina pilchardus) que se pesca en aguas ibéricas de la zona CIEM 8c y 9a para los buques del censo de cerco del Golfo de Cádiz durante el año 2020.
Recientemente se ha publicado la Resolución de 29 de junio de 2020, de la Secretaría General de Pesca, por la que modifica la de 30 de abril, de la Secretaría General de Pesca, mediante la cual se establecen disposiciones de ordenación de la pesquería de la sardina ibérica (Sardina pilchardus) que se pesca en aguas ibéricas de la zona CIEM 8c y 9a. Dicha Resolución publicada tras la reevaluación por parte de ICES de la situación biológica del stock de sardina ibérica, asigna a la flota del Golfo de Cádiz la totalidad de los kilos previstos para 2020, que ascienden a 2.494.407 kilos.
De acuerdo al artículo 9.2 de la Orden APA/315/2020, de 1 de abril, tanto en los casos de reparto individual, como en los casos de reparto individual con gestión conjunta, se deberá cesar la actividad por parte de los buques en el momento en que hayan consumido la totalidad de su cuota, y en todo caso el 31 de octubre, fecha prevista para el fin de la pesquería para toda al flota.
De igual manera y en aplicación del artículo 9.3 de la Orden APA/315/2020, en las pesquerías en las que las posibilidades de pesca se repartan de forma individual, la superación de las cuotas asignadas conllevará la deducción de dicho exceso de las cuotas que se asignen en el ejercicio siguiente.
Esta Secretaría General de Pesca, oído el sector interesado resuelve:
Primero.
Publicar como anexo el censo de buques de cerco autorizados a pescar sardina (Sardina pilchardus) en el caladero del Golfo de Cádiz (división CIEM 9a) así como la cuota de sardina asignada, del 1 de mayo al 31 de octubre de 2020. El total de cuota 2020 se corresponde a la cuota provisional ya repartida (en la que se tuvo en cuenta las sobrepescas de 2019) más el incremento de cuota tras la reevaluación de ICES.
Segundo.