Resolución de 15 de julio de 2020, de la Subsecretaría, por la que se modifican las direcciones electrónicas de la sede electrónica y del portal del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana · 18 de julio de 2020
En pocas palabras
Cambia las direcciones de internet de la sede electrónica y del portal del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, que sustituye al Ministerio de Fomento. Fija las nuevas direcciones y establece cuándo empiezan a funcionar.
Qué cambia
Quien use los servicios electrónicos o la web de este ministerio deberá emplear las nuevas direcciones a partir de su publicación, tras un aviso de 48 horas en la propia sede electrónica.
- A quién afecta
- ciudadanos que usan la sede electrónica del ministerio · empresas que tramitan por vía electrónica con el ministerio · personal del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
- Cifras
- aviso previo en la sede electrónica: 48 horas antes
- Administración pública e instituciones
- Digitalización y telecomunicaciones
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
El Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 13 de enero de 2020, crea el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y suprime el Ministerio de Fomento. En consecuencia, resulta necesario modificar las direcciones electrónicas correspondientes a la sede electrónica y al portal de dicho Ministerio en internet.
La Orden FOM/677/2010, de 17 de marzo, por la que se crea la sede electrónica del Ministerio de Fomento, dictada en aplicación del artículo 3 del Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos prevé, en su disposición final primera, que la modificación de las direcciones electrónicas que figuran en la misma se llevarán a cabo mediante resolución de la Subsecretaría del Departamento, publicada en el «Boletín Oficial del Estado».
En uso de la habilitación otorgada por la disposición final primera de la Orden FOM/677/2010, de 17 de marzo, esta Subsecretaría resuelve:
Primero. Modificar las direcciones electrónicas de referencia de la sede electrónica y del portal del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana en internet.
Las direcciones electrónicas de referencia de la sede electrónica y del portal del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana en internet, quedan fijadas como sigue:
a) La dirección electrónica de referencia de la sede electrónica será: https://sede.mitma.gob.es
b) La dirección electrónica de referencia del portal será: https://www.mitma.gob.es
Segundo. Efectos.
La presente resolución iniciará sus efectos a partir de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», previo anuncio en la propia sede electrónica con 48 horas de antelación.
Madrid, 15 de julio de 2020.–El Subsecretario de Transportes, Movilidad y Agencia Urbana, Jesús M. Gómez García.