Real Decreto 556/2020, de 9 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 35/2010, de 15 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso y promoción y de ordenación de la enseñanza de formación en las Fuerzas Armadas.
Ministerio de Defensa · 10 de junio de 2020
En pocas palabras
Modifica el reglamento de ingreso y promoción en las Fuerzas Armadas para ampliar los límites máximos de edad en la promoción interna. Afecta a los procesos de selección para cursar enseñanzas de formación militar.
Qué cambia
Los militares que quieran promocionar a otra escala o cuerpo tendrán más convocatorias disponibles al ampliarse la edad máxima. Afecta especialmente a suboficiales y a tropa y marinería.
- A quién afecta
- militares de tropa y marinería · suboficiales de las Fuerzas Armadas · aspirantes a oficiales por promoción interna · aspirantes a suboficiales por promoción interna · personal del Cuerpo de Músicas Militares
- Defensa
- Administración pública e instituciones
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
El Real Decreto 35/2010, de 15 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso y promoción y de ordenación de la enseñanza de formación en las Fuerzas Armadas, en su artículo 16 regula los requisitos específicos de edad para participar en los procesos de selección para cursar las enseñanzas de formación, estableciendo diferentes edades para el acceso directo o por promoción.
La modificación del real decreto que se acomete se centra en la promoción, en que la edad es un aspecto relevante. En la ampliación de sus límites máximos, que es el objeto de este real decreto, se han considerado las necesidades de las Fuerzas Armadas, así como las individuales de desarrollo profesional de las mujeres y hombres integrantes de las mismas, en especial las escalas de tropa y marinería.
En su materialización, y en aras de una mayor coordinación normativa, se considera adecuado dejar, para una posterior modificación, el resto de los aspectos del Real Decreto 35/2010, de 15 de enero, referidos al ingreso y promoción. Ello permitirá, a su vez, acometerlos de forma integral con aquellos otros relacionados con la ordenación de la enseñanza de formación en las Fuerzas Armadas.
Con esta modificación se pretende potenciar y favorecer la promoción en las próximas convocatorias para el ingreso en los centros docentes militares de formación. De este modo se da un nuevo impulso al contenido de los artículos 57 y 62 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar, ampliando y garantizando las expectativas de participación en los procesos de promoción del personal de las Fuerzas Armadas, y de forma especial, el personal de las escalas de suboficiales y de tropa y marinería.
El impulso de la promoción obedece, asimismo, a criterios de eficacia en la acción de las Fuerzas Armadas. Así, es necesario aprovechar al máximo la capacidad, competencia, adquirida por la experiencia, y el prestigio de nuestro personal. Motivado por ello es también el decidido impulso que se logra con este nuevo real decreto a la promoción para el cambio de cuerpo o escala de los suboficiales y los militares de tropa y marinería. De esta forma, se permite adicionalmente ampliar su participación en el máximo número de convocatorias posible.
Asimismo, este impulso responde a la medida aprobada por Dictamen de la Comisión de Defensa de 27 de septiembre de 2018, relativo al régimen profesional de los militares de tropa y marinería de las Fuerzas Armadas, y cuyo propósito es flexibilizar las limitaciones de edad para que la promoción en dicha escala sea real.
Por otro lado, con los nuevos límites de edad establecidos se favorece la promoción para el ingreso en los Cuerpos Generales e Infantería de Marina, tanto para la escala de oficiales como de suboficiales, con y sin exigencia de titulación previa, y para el acceso a la escala de suboficiales del Cuerpo de Músicas Militares.