Real Decreto 10/2020, de 14 de enero, por el que se crean Subsecretarías en los departamentos ministeriales.
Ministerio de Política Territorial y Función Pública · 15 de enero de 2020
En pocas palabras
Crea doce Subsecretarías en los ministerios de nueva creación y suprime siete Subsecretarías de ministerios anteriores. También fija cómo se mantienen las delegaciones de competencias, el personal y los servicios comunes hasta que se complete la nueva organización.
Qué cambia
Reorganiza la estructura interna de los ministerios: las nuevas Subsecretarías asumen las funciones de las suprimidas y el personal sigue cobrando con cargo a los mismos créditos hasta que se adapten las estructuras y los presupuestos.
- A quién afecta
- Subsecretarías de los ministerios de nueva creación · Subsecretarías de los ministerios suprimidas · Funcionarios y personal de los ministerios afectados · Titulares de órganos superiores y directivos suprimidos · Servicios comunes de los ministerios con transferencias de actividad
- Cifras
- Subsecretarías creadas: 12
- Subsecretarías suprimidas: 7
- Administración pública e instituciones
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
Constituido el nuevo Gobierno, y tras la aprobación del Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los Departamentos ministeriales, se hace necesario proceder a la creación de Subsecretarías en aquellos Departamentos de nueva creación. En su virtud, a iniciativa de los Ministros interesados, a propuesta de la Ministra de Política Territorial y Función Pública, y de conformidad con lo previsto en el artículo 59.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 14 de enero de 2020,
DISPONGO:
Artículo único. Creación de Subsecretarías.
Se crean los siguientes órganos directivos:
Subsecretaría de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Subsecretaría de Trabajo y Economía Social.
Subsecretaría de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.
Subsecretaría para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Subsecretaría de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
Subsecretaría de Sanidad.
Subsecretaría de Derechos Sociales y Agenda 2030.
Subsecretaría de Ciencia e Innovación.
Subsecretaría de Igualdad.
Subsecretaría de Consumo.
Subsecretaría de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
Subsecretaría de Universidades.
Disposición adicional única. Delegación de competencias.
1. Las delegaciones de competencias otorgadas en favor de los órganos directivos afectados por este real decreto, así como las que hubieran podido efectuar estos en favor de otros órganos, continuarán vigentes hasta que sean expresamente revocadas o nuevamente otorgadas.
2. Cuando las delegaciones de competencias que mantienen sus efectos en virtud del apartado anterior se hubiesen efectuado en favor de órganos suprimidos por este real decreto, las referidas delegaciones se entenderán vigentes en favor de los órganos en cuyo ámbito de actuación se encuadre la correspondiente competencia.
Disposición transitoria primera. Subsistencia de estructuras vigentes.
1. Los órganos directivos y unidades dependientes de las Subsecretarías que se suprimen por este real decreto subsistirán y mantendrán su denominación, estructura y funciones en tanto no se realicen las oportunas modificaciones organizativas.