Cuestión de inconstitucionalidad n.º 1772-2020, en relación con el artículo 3.4 de la Ley 3/1998, de 27 de febrero, del Parlamento Vasco, General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco, por posible vulneración del art. 149.1.6 C.E.
Tribunal Constitucional · 8 de mayo de 2020
En pocas palabras
El Tribunal Constitucional admite a trámite una cuestión de inconstitucionalidad sobre el artículo 3.4 de la Ley vasca de Protección del Medio Ambiente, por posible vulneración del artículo 149.1.6 de la Constitución. El Pleno se reserva el conocimiento del asunto.
Qué cambia
Las partes del procedimiento judicial 821-2016 pueden personarse ante el Tribunal Constitucional en los quince días siguientes a la publicación de este edicto. El Tribunal decidirá si ese artículo de la ley vasca es conforme a la Constitución.
- A quién afecta
- partes del procedimiento ordinario 821-2016 · Tribunal Superior de Justicia del País Vasco · Parlamento Vasco · personas y entidades afectadas por la Ley vasca de Protección del Medio Ambiente
- Cifras
- plazo para personarse: 15 días desde la publicación en el BOE
- Medio ambiente y clima
- Justicia
- Administración pública e instituciones
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 6 de mayo de 2020, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 1772-2020 planteada por la Sección 2.ª de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el procedimiento ordinario 821-2016, en relación con el artículo 3.4 de la Ley 3/1998, de 27 de febrero, del Parlamento Vasco, General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco, por posible vulneración del art. 149.1.6 C.E., y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 c) LOTC, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.
De conformidad con lo establecido en el art. 37.2 LOTC, quienes sean parte en el procedimiento 821-2016, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 6 de mayo de 2020.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.