Resolución de 30 de abril de 2020, de la Secretaría de Estado de Educación, para la adaptación de la Resolución de 24 de julio de 2019, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional, por la que se dictan instrucciones relativas al programa de doble titulación Bachiller-Baccalauréat correspondientes al curso 2019-2020, ante la situación de crisis ocasionada por el COVID-19.
Ministerio de Educación y Formación Profesional · 5 de mayo de 2020
En pocas palabras
Suspende las pruebas externas del programa de doble titulación Bachiller-Baccalauréat (Bachibac) para el curso 2019-2020 por el COVID-19. Las materias del currículo mixto las evalúa solo el profesorado del centro. La doble titulación se obtiene con las condiciones del título de Bachiller y una calificación positiva en esas materias.
Qué cambia
El alumnado de Bachibac en España obtiene la doble titulación sin examen externo de Lengua y Literatura Francesas e Historia de España y de Francia. La nota del Baccalauréat será la misma que la del título de Bachiller.
- A quién afecta
- alumnado del programa Bachibac · profesorado de las materias del currículo mixto · centros educativos que imparten Bachibac · estudiantes de 2.º de Bachillerato del programa
- Educación y universidades
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
El pasado 3 de abril de 2020, la Administración francesa anunció que, entre las medidas excepcionales adoptadas en el ámbito educativo en respuesta a la situación planteada por la expansión del COVID-19, quedaban suspendidas las pruebas externas de Baccalauréat, incluidas las que afectan a las materias del currículo mixto del programa de doble titulación Bachiller-Baccalauréat. En consecuencia, en este curso y de manera excepcional, el Diplôme du Baccalauréat se obtendrá mediante un proceso de evaluación continua, es decir, a partir de las calificaciones obtenidas por el alumnado en el centro escolar.
Esta circunstancia modifica sustancialmente las condiciones consensuadas entre ambos países para obtener la doble titulación, recogidas en el desarrollo normativo derivado del Acuerdo entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la República Francesa relativo a la doble titulación de Bachiller y de Baccalauréat, hecho «ad referendum» en París el 10 de enero de 2008.
Las Administraciones española y francesa se enfrentan ahora a la necesidad de responder al reto planteado por esta situación excepcional, garantizando que el alumnado del programa no se vea doblemente perjudicado por las circunstancias. En el ánimo de reforzar el espíritu de colaboración, entendimiento y confianza mutua entre ambos países que inspira el programa Bachibac, ambas Administraciones han acordado mantener el compromiso de conceder la doble titulación aunque, de manera excepcional, las materias del currículo mixto no puedan ser sometidas a una evaluación externa en este curso 2019/2020. En función de ello, y en justa reciprocidad a la decisión adoptada por la Administración francesa, se acuerda también suspender las pruebas externas de Lengua y Literatura Francesas y de Historia de España y de Francia para los alumnos que cursan el programa Bachibac en el sistema educativo español en este curso 2019/2020.
En este nuevo contexto, del que han sido informadas las Administraciones educativas de las Comunidades Autónomas en el seno de la Comisión General de Educación celebrada el viernes 24 de abril de 2020, se hace preciso revisar y modificar algunas de las actuaciones previstas en la Resolución de 24 de julio de 2019, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional, por la que se dictan instrucciones relativas al programa de doble titulación Bachiller-Baccalauréat correspondientes al curso 2019- 2020.
En virtud de ello esta Secretaría de Estado de Educación resuelve:
Como consecuencia de la suspensión de las pruebas externas de las materias del currículo mixto del programa Bachibac, queda sin efecto todo lo previsto en la Resolución de 24 de julio de 2019, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional, por la que se dictan instrucciones relativas al programa de doble titulación Bachiller-Baccalauréat correspondientes al curso 2019-2020 en relación con su organización y desarrollo.